MODIFICACION DE LA TASA POR SERVICIOS DE AYUDA A LA NAVEGACION MARITIMA




Promulgación: 18/03/2003
Publicación: 21/03/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 508
VISTO: el Decreto 459/002 de fecha 27 de noviembre de 2002, por el cual 
se establecieron nuevos valores para la tarifa de la "Tasa por Servicios 
de Ayuda a la Navegación Marítima".-

RESULTANDO: que por el artículo 2do. del precitado Decreto se determinó 
la tasa a aplicar a los buques nacionales y extranjeros de cabotaje que 
operen o entren en cualquier puerto de la República.-

CONSIDERANDO: que resulta necesario sustituir el referido artículo, a fin 
de adecuarlo a la realidad imperante en la actividad de cabotaje para los 
buques nacionales y extranjeros de cabotaje en nuestro País.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el literal A) 
del artículo 216 de la Ley 13.637 de fecha 21 de diciembre de 1967.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 459/002 de 27/11/2002 
artículo 2.

Artículo 2

 Establécese que el Decreto 459/002 de fecha 27 de noviembre de 2002, con 
la sustitución dispuesta por el presente Decreto, comenzará a regir a 
partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.-

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada. 
Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU - ALEJANDRO ATCHUGARRY


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