{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "104" 
  ,"anioNorma" : 2025 
  ,"nombreNorma" : "DUELO OFICIAL DE CARACTER NACIONAL. FALLECIMIENTO DEL EX PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. JOSE ALBERTO MUJICA CORDANO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2025/05/15/126" 
    ,"fechaPromulgacion" : "13/05/2025" 
  ,"fechaPublicacion" : "15/05/2025" 
  ,"obsPublicacion" : "Sección: Ultimo Momento\r\n" 
  ,"vistos" : "    VISTO: que en el día de la fecha ha fallecido José Alberto Mujica Cordano, presidente de la República durante el período 2010 - 2015.\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que caracterizado por una sensibilidad popular sin par, José Mujica ocupó, durante su extensa trayectoria política, cargos de relevancia para la República;\r\n\r\n   II) que el ciudadano José Mujica fue, además de presidente de la República, representante nacional y senador;\r\n\r\n   III) que durante toda su actividad política, que incluyó el desempeño de los cargos reseñados, José Mujica abogó por los más humildes y militó contra el individualismo extremo, exponiendo consistentemente una perspectiva gregaria, encarnada en una filosofía humanista que exaltó la vida de la persona en comunidad;\r\n\r\n   IV) que su figura trascendió el ámbito nacional, y fue reconocida a nivel global.\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que corresponde determinar la forma en que la República Oriental del Uruguay acompañará el duelo provocado por el referido fallecimiento;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el numeral 1° del artículo 1° del Decreto-Ley N° 14.458, de 11 de noviembre de 1975 y en el artículo 2° del Decreto N° 557/976 de 24 de agosto de 1976;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-2025/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase duelo oficial, de carácter nacional, los días 14 al 16, por el fallecimiento del ex presidente de la República, José Alberto Mujica Cordano.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/104-2025/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-2025/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La bandera nacional permanecerá a media asta los días indicados en el artículo primero, en todos los edificios públicos, embajadas de la República en el exterior, cuarteles, fortalezas, bases aéreas y buques de guerra.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-2025/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Tribútense honores fúnebres de Presidente de la República a sus restos mortales, que serán velados en el salón de los pasos perdidos del Palacio Legislativo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-2025/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Los gastos del sepelio serán de cargo del Tesoro Nacional, conforme al inciso 1° del artículo 1° del Decreto 354/991 de 25 de junio de 1991.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-2025/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, etc. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    YAMANDÚ ORSI - CARLOS NEGRO - GABRIEL ODDONE - JOEL RODRÍGUEZ " 
 }