{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "104" 
  ,"anioNorma" : 2023 
  ,"nombreNorma" : "EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. DURAZNO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2023/04/10/59" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/03/2023" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/04/2023" 
  ,"vistos" : "    VISTO: la gestión de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), por la que solicita la designación para ser expropiado, el inmueble empadronado con el N° 10.467 (diez mil cuatrocientos sesenta y siete) (antes padrón N° 4980) ubicado en la 6ª Sección Catastral, zona rural del departamento de Durazno, en un área de 4 Há 4272 m 61 dm.\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que la fracción del inmueble de referencia fue expropiada con destino a la instalación de una repetidora para la red de transporte;\r\n\r\n   II) que la Dirección Nacional de Catastro el 4 de julio de 2022, tasó la fracción a adquirir en la suma equivalente a U.I. 125.745,822 (unidades indexadas ciento veinticinco mil setecientas cuarenta y cinco con 822/00);\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que en informe del Sector Panificación y Optimización Móvil de ANTEL de 21 de octubre de 2021, se expresa que es imprescindible ofrecer continuidad a la red de transporte de radio y por las características de la zona brindar cobertura celular, no disponiéndose de otro sitio que permita mantener las mismas características de calidad de servicio y nivel de señal, de forma de asegurar las comunicaciones de voz y datos de la zona;\r\n\r\n   II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, informa que no tiene observaciones que formular y sugiere proceder de acuerdo a lo solicitado;\r\n\r\n   III) que corresponde acceder a lo solicitado, en mérito a que es necesario para que ANTEL brinde el servicio con mayor eficacia y seguridad;\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por la Ley N° 3.958, de 28 de marzo de 1912, y sus modificativas;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-2023/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), el inmueble empadronado con el N° 10.467 (diez mil cuatrocientos sesenta y siete) (antes padrón N° 4980) ubicado en la 6ª Sección Catastral, zona rural del departamento de Durazno y que según plano de mensura parcial del Ing. Agrim. Carlos Hernández, de octubre de 1996, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Durazno el 26 de junio de 1998 con el N° 6031, consta de un área de 4 hás 4272 m 61 dm (cuatro hectáreas cuatro mil doscientos setenta y dos metros y sesenta y un decímetros).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-2023/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-2023/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    BEATRIZ ARGIMÓN - WALTER VERRI " 
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