(Criterios de actuación): El prestador deberá asegurar la integralidad de los servicios, a cuyo efecto definirá criterios comunes para la actuación de los profesionales y técnicos/as involucrados en los servicios brindados a personas trans, y monitoreará su efectiva aplicación por parte de los mismos. El prestador deberá instrumentar los mecanismos de articulación permanente entre el personal de salud, los equipos básicos y el equipo de referencia institucional.