{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "104" 
  ,"anioNorma" : 2012 
  ,"nombreNorma" : "APLICACION PRECEPTIVA DEL AJUSTE DE ESTADOS CONTABLES RELATIVO A\r\nSOCIEDADES COMERCIALES. DEJASE SIN EFECTO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2012/04/20/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/04/2012" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/04/2012" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2012 
  ,"pagina" : 585 
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  ,"vistos" : " VISTO: el artículo 1° del Decreto N° 99/009 de 27 de febrero de 2009 con\r\nla redacción dada por el artículo 2° del Decreto N° 65/010 de 19 de\r\nfebrero de 2010.-\r\n\r\nRESULTANDO: que la citada disposición estableció la aplicación preceptiva,\r\npara determinados emisores de estados contables, de la Norma Internacional\r\nde Contabilidad 29 (NIC 29), referida a la \"Información Financiera en\r\nEconomías Hiperinflacionarias\".-\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que el actual contexto económico nacional, caracterizado\r\npor la consolidación de bajos niveles de inflación a lo largo de un\r\nextenso período, desindexación general de la economía y participación\r\ncreciente del crédito y la determinación de los precios en moneda\r\nnacional, configuran condiciones objetivas que hacen innecesaria la\r\naplicación obligatoria de una norma destinada, como su nombre lo indica, a\r\nregular la emisión de información contable en economías\r\nhiperinflacionarias.-\r\n\r\nII) que en tal sentido, el Decreto N° 124/2011 de 1° de abril de 2011,\r\ndejó fuera del alcance de la obligación establecida en el decreto citado \r\nen el Visto a los emisores de valores de oferta pública.-\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Comisión Permanente de\r\nNormas Contables Adecuadas.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-2012/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Déjase sin efecto la aplicación preceptiva del ajuste de estados\r\ncontables a que refiere el artículo 1° del Decreto N° 99/009 de 27 de\r\nfebrero de 2009 con la redacción dada por el artículo 2° del Decreto N°\r\n65/010 de 19 de febrero de 2010.-\r\n\r\nLo dispuesto en el inciso anterior será de aplicación para los ejercicios\r\ncerrados a partir del 31 de diciembre de 2011, inclusive.-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-2012/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese y publíquese.-\r\n " 
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  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO\r\n " 
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