FIJACION DEL REGIMEN GENERAL APLICABLE A PERSONAS QUE OCUPEN CARGOS EN EL ESCALAFON "S"




Promulgación: 10/03/2011
Publicación: 21/03/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 494
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículos 221, 222, 226 y 227,
      Ley Nº 15.851 de 24/12/1986 artículo 49.

CAPITULO I)
AMBITO DE APLICACION Y DEFINICIONES

Artículo 6

 Seguridad Perimetral. Concepto. La seguridad perimetral es el control
ejercido a efectos de evitar o permitir, en su caso, el ingreso de
personas extrañas o el egreso no autorizado o indebido de personas
privadas de libertad de un centro de reclusión. En aquellos centros donde
el Poder Ejecutivo ha asignado esta responsabilidad al Ministerio de
Defensa Nacional, la seguridad perimetral será ejercida por personal
militar. En los restantes centros de privación de libertad y hasta el
establecimiento definitivo del personal penitenciario, la guardia
perimetral será ejercida por personal policial en funciones
penitenciarias.
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