FIJACION DEL REGIMEN GENERAL APLICABLE A PERSONAS QUE OCUPEN CARGOS EN EL ESCALAFON "S"




Promulgación: 10/03/2011
Publicación: 21/03/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 494
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículos 221, 222, 226 y 227,
      Ley Nº 15.851 de 24/12/1986 artículo 49.

CAPÍTULO V)
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL PERTENECIENTE AL ESCALAFÓN PENITENCIARIO "S"

Artículo 28

 Son derechos del personal perteneciente al Escalafón Penitenciario "S",
las enumeradas a continuación:
a) La percepción de los sueldos, suplementos e indemnizaciones que las
leyes, decretos y reglamentos determinen;
b) el ejercicio de las facultades disciplinarias;
c) el haber de retiro y la pensión para sus derecho habientes, de
conformidad con la ley;
d) desempeñar la función que corresponda de acuerdo al grado alcanzado.
e) recibir y usar el uniforme y equipamiento provisto por la Institución,
que se requiera para el desempeño de sus funciones
f) ser asistido médicamente en caso de accidente o enfermedad ocurrida en
acto o a consecuencia del servicio.
g) gozar de la licencia reglamentaria, de acuerdo a la normativa vigente.
h) obtener premios y reconocimientos por actos de servicio de carácter
extraordinario, que impliquen un beneficio para la institución.
i) ser defendido y patrocinado con cargo de la Institución cuando la
acción fuese entablada con motivo u ocasión del ejercicio de su función;
j) otros derechos que por ley decreto o reglamento se establezcan.
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