FIJACION DEL REGIMEN GENERAL APLICABLE A PERSONAS QUE OCUPEN CARGOS EN EL ESCALAFON "S"




Promulgación: 10/03/2011
Publicación: 21/03/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 494
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículos 221, 222, 226 y 227,
      Ley Nº 15.851 de 24/12/1986 artículo 49.

CAPÍTULO V)
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL PERTENECIENTE AL ESCALAFÓN PENITENCIARIO "S"

Artículo 27

 Son obligaciones del personal perteneciente al Escalafón Penitenciario
"S", las enumeradas a continuación:
a) cumplir las leyes y reglamentos, las disposiciones y órdenes de sus
superiores jerárquicos, dadas por éstos conforme a sus atribuciones y
competencias;
b) prestar personalmente el servicio que corresponde a la función que les
fuera asignada con la eficiencia, dedicación, capacidad y diligencia que
fuese necesaria;
c) observar en el servicio y fuera de él una conducta decorosa.
d) observar para con las personas privadas de libertad un trato firme,
pero digno y respetuoso de los derechos humanos;
e) someterse al régimen disciplinario;
f) usar y cuidar el uniforme y el correspondiente armamento provisto por
la Institución;
g) conocer las leyes, reglamentos y disposiciones permanentes del servicio
en general y, en particular, las relacionadas con la función que
desempeña;
h) desempeño de las funciones inherentes a cada grado y destino policial.
i) aceptar los destinos asignados y cumplir las comisiones de servicio.
j) otras obligaciones que por ley decreto o reglamento se establezcan.
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