VISTO: la solicitud formulada por la Dirección Nacional de Meteorología, en el sentido de crear dos cursos especiales a ser dictados por la Escuela de Meteorología del Uruguay, dependencia de dicha Unidad Ejecutora.-
RESULTANDO: I) que por el Decreto 48/978 de 31 de enero de 1978 se aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Meteorología del Uruguay.-
II) que por el Decreto 280/980 de 20 de mayo de 1980 se aprobó el Plan de Estudios de la Escuela de Meteorología del Uruguay.-
CONSIDERANDO: que resulta necesario dotar a la Escuela de referencia
de nuevos cursos, especialmente dirigidos al personal que cumple
funciones en los aeropuertos del interior del país, a fin de fortalecer los aspectos aeronáuticos de la formación meteorológica que presentan ciertas características diferenciales.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por los Decretos 48/978 de 31 de enero de 1978, 280/980 de 20 de mayo de 1980 y
disposiciones concordantes y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
DECRETA:
Apruébanse los Cursos Especiales de Ayudante de Observador y Básico de
Apoyo Aeronáutico, que quedarán integrados al plan de estudios de la
Escuela de Meteorología del Uruguay.-
Los requisitos, duración, planes de materias, programas y carga horaria
de los Cursos relacionados, se determinan en los Anexos I y II, que
forman parte integrante del presente Decreto, los cuales se incluyen en
el numeral II) referente a Cursos Especiales del artículo 1ro. del
Decreto 280/980 de 20 de mayo de 1980.-