{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "104" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "COSTO DE CEDULA DE IDENTIDAD. IDENTIFICACION CIVIL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1982/03/26/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/02/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/03/1982" 
  ,"vistos" : "    Visto: el planteamiento formulado por la Dirección Nacional de Identificación Civil.\r\n\r\n   Resultando: la citada Dirección Nacional solicita se fije en N$ 28.00 (nuevos pesos veintiocho) el valor de la Cédula de Identidad, para adecuarlo a los aumentos operados en el costo de los materiales \r\nnecesarios para la confección del documento.\r\n\r\n   Considerando: que corresponde disponer la modificación propuesta.\r\n\r\n   Atento: a lo dispuesto por la ley 15.046, de 5 de agosto de 1980; a lo dictaminado por el Departamento Jurídico, y a lo informado por la Contaduría Central del Ministerio del Interior,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase en la suma de N$ 28.00 (nuevos pesos veintiocho) el valor de la Cédula de Identidad que expide la Dirección Nacional de Identificación Civil. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/104-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Publíquese, etc.- " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD - VALENTIN ARISMENDI " 
 }