COSTO DE CEDULA DE IDENTIDAD. IDENTIFICACION CIVIL




Promulgación: 16/02/1982
Publicación: 26/03/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: el planteamiento formulado por la Dirección Nacional de Identificación Civil.

   Resultando: la citada Dirección Nacional solicita se fije en N$ 28.00 (nuevos pesos veintiocho) el valor de la Cédula de Identidad, para adecuarlo a los aumentos operados en el costo de los materiales 
necesarios para la confección del documento.

   Considerando: que corresponde disponer la modificación propuesta.

   Atento: a lo dispuesto por la ley 15.046, de 5 de agosto de 1980; a lo dictaminado por el Departamento Jurídico, y a lo informado por la Contaduría Central del Ministerio del Interior,

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase en la suma de N$ 28.00 (nuevos pesos veintiocho) el valor de la Cédula de Identidad que expide la Dirección Nacional de Identificación Civil.

Artículo 2

   Publíquese, etc.-

ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD - VALENTIN ARISMENDI
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