MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA DE CARGOS DE LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE ENERGIA Y AGUA




Promulgación: 07/04/2015
Publicación: 13/04/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: El Decreto N° 537/003 de 24 de diciembre de 2003, relativo a la estructura de cargos de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, Unidad 006 del Inciso 02 Presidencia de la República.

   RESULTANDO: I) que, de acuerdo al citado Decreto, los puestos de trabajo que se detallan en dicha norma, podrán ser funciones contratadas o presupuestadas;

   II) que, la Ley de Presupuesto Nacional N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en su artículo 50, dispuso taxativamente las formas de ingreso a la función pública en la Administración Central, dejándose de aplicar el Contrato de Función Pública;

   III) que, el artículo 89 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, dispone que dentro de la Administración Central, la presupuestación es el principio, y el personal contratado es la excepción;

   IV) que, el artículo 11 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, autoriza al Poder Ejecutivo para transformar funciones contratadas permanentes vacantes en cargos presupuestados de la misma serie, denominación, escalafón y grados a los que se hubieren asimilado;

   V) que, en el padrón del Sistema de Gestión Humana (SGH) correspondiente a la estructura de cargos de la URSEA, han quedado cuatro cargos vacantes con naturaleza contratado y una cantidad de puestos de trabajo, vacantes y ocupados, que figuran con la condición "Puede transformarse en Contrato de Función Pública. Decreto 537/2003";

   VI) que se obtuvieron los previos dictámenes de la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación.

   CONSIDERANDO: I) que, la condición "Puede transformarse en Contrato de Función Pública. Decreto 537/2003", al dejar de tener sustento legal, resulta inaplicable y no debería seguir figurando;

   II) que, la transformación de naturaleza de los cuatro cargos vacantes, se ajusta a derecho, y corresponde resolver en consecuencia.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en las leyes y decreto citados;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase los cargos vacantes que se dirán, pertenecientes a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, Unidad Ejecutora 006 del Inciso 02 Presidencia de la República, cambiando la naturaleza de contratado a presupuestado:
1. Puesto: 27805, Plaza: 1, denominación: Administrativo III, Escalafón
   "C", grado "11", Serie Administrativo.
2. Puesto: 27812, Plaza: 1, denominación: Asesor I, Escalafón "A", grado
   "14", Serie Profesional;
3. Puesto: 22267, Plaza: 3, denominación: Asesor I, Escalafón "A", grado
   "13", Serie Ingeniero o Químico;
4. Puesto: 27820, Plaza: 1, denominación: Asesor III, Escalafón "A",
   grado "12", Serie Ingeniero de Sistemas;

Artículo 2

   Elimínese en el padrón y en el Sistema de Gestión Humana, de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, en todos los puestos de trabajo en donde figure la condición "Puede transformarse en Contrato de Función Pública. Decreto 537/2003".

Artículo 3

   Dispónese que la Contaduría General de la Nación realice el cambio de naturaleza de contratado a presupuestado en los cuatro cargos mencionados, y elimine de todos los puestos de trabajo, sean ocupados o vacantes, la condición mencionada.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese, y archívese

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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