{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "102" 
  ,"anioNorma" : 2018 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL ART. 14 DEL DECRETO 442/002, RELATIVO A LA PRESENTACION DE INICIATIVAS PRIVADAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2018/04/26/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/04/2018" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/04/2018" 
  ,"vistos" : "    VISTO: el Decreto N° 442/002, de 28 de setiembre de 2002;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que por el citado acto administrativo se reglamentó el artículo 19 de la Ley N° 17.555, de 18 de setiembre de 2002, referente a la presentación ante el Poder Ejecutivo, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados de iniciativas privadas relativas a actividades susceptibles de ser ejecutadas directamente por los organismos referidos o de ser concesionadas de acuerdo con las normas constitucionales y legales en vigencia, sea a impulso de parte o mediante invitación de oficio;\r\n\r\n   II) que dicho artículo 19 de la referida Ley N° 17.555 dispuso un plazo máximo de 90 días para examinar la propuesta, estableciendo además que mientras no se acepte, toda la información relativa a la iniciativa privada será confidencial;\r\n\r\n   III) que los artículos 13 y 14 del citado Decreto N° 442/002, disponen que la Presidencia de la República dará trámite a la iniciativa privada ante el Ministerio u Organismo que corresponda según el objeto de la misma, y que dicho plazo máximo de 90 días, se cuenta desde la presentación de la propuesta;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que en la norma de rango legal, el plazo precitado tiene como finalidad el análisis y estudio de la iniciativa privada;\r\n\r\n   II) que por tanto se entiende necesario y conveniente que el comienzo de su cómputo, expresamente se establezca que será a partir de la recepción de la propuesta para su efectivo análisis;\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley N° 17.555, de 18 de setiembre de 2002 y los artículos 13 y 14 del Decreto N° 442/002, de 28 de setiembre de 2002;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n                     actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/102-2018/1" 
 ,"textoArticulo" : "    (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 442/002 de 28/09/2002 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/442-2002/14\" >14</a>.\r\n" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/102-2018/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI - DANIEL MONTIEL - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - CAROLINA COSSE - ERNESTO MURRO - JORGE BASSO - ENZO BENECH - LILIAM KECHICHIAN - ENEIDA de LEÓN - MARINA ARISMENDI " 
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