{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "102" 
  ,"anioNorma" : 2013 
  ,"nombreNorma" : "OTORGAMIENTO DE CREDITO FISCAL AL CODICEN" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2013/04/10/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/04/2013" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/04/2013" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2013 
  ,"pagina" : 517 
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  ,"vistos" : " VISTO: el convenio celebrado entre la Administración de Obras Sanitarias\r\ndel Estado y el Consejo Directivo Central con fecha 14 de julio de 2011.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que de acuerdo al referido convenio, el Consejo Directivo\r\nCentral, es el responsable del Componente II \"Inversiones de Saneamiento\r\nal Interior de las Escuelas\" del Programa de Abastecimiento de Agua\r\nPotable a Pequeñas Comunidades Rurales.-\r\n\r\nII) que el citado convenio se encuentra comprendido en el Convenio de\r\nfinanciamiento suscripto entre La Administración de Obras Sanitarias del\r\nEstado y el Banco Interamericano de Desarrollo, con destino a apoyar el\r\nPrograma de Abastecimiento de Agua Potable a Pequeñas Comunidades Rurales\r\nN° GRT/WS-12278-UR.-\r\n\r\nIII) que el artículo 70 del Título 10 del Texto Ordenado 1996, acuerda a\r\nlos organismos estatales que no sean contribuyentes del Impuesto al Valor\r\nAgregado un crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en las\r\nadquisiciones de bienes y servicios necesarios para la ejecución de\r\nproyectos financiados por otros Estados o por organismos internacionales.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: necesario establecer la forma en que dichos créditos habrán\r\nde materializarse, en atención a que el beneficiario es el Consejo\r\nDirectivo Central.-\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/102-2013/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Otórgase al Consejo Directivo Central, un crédito por el Impuesto al\r\nValor Agregado, incluido en las adquisiciones de bienes y servicios\r\ndestinados a la ejecución del Proyecto N° 887-Componente II - Inversiones\r\nde Saneamiento al Interior de las Escuelas Rurales, financiado por el\r\nBanco Interamericano de Desarrollo, y por la parte financiada por éste.-\r\nDichos créditos serán materializados mediante certificados de crédito, en\r\nla forma que determine la Dirección General Impositiva.-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/102-2013/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y archívese.-\r\n " 
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  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO\r\n " 
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