ARRENDAMIENTOS - SERVICIO DE GARANTIA DE ALQUILERES




Promulgación: 02/03/1993
Publicación: 12/03/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 254/023 de 21/08/2023 artículo 1.
    Visto: la extensión del Servicio de Garantía de Alquileres de la
Contaduría General de la Nación a todo empleado u obrero permanente, con
más de tres años de servicio, de personas públicas no estatales y de
empleadores privados con solvencia suficiente.

    Resultando: I) que el artículo 108 de la Ley Nº 16.226 de 29 de
octubre de 1991 comete al Poder Ejecutivo regular las condiciones que
deben reunir las empresas privadas, cuyos empleados pretendan obtener la
prestación del Servicio de Garantía de Alquileres que brinda la Contaduría
General de la Nación.

II) que la aplicación gradual del régimen extensivo implementado en el
marco normativo referido, supone como supuesto principal determinar las
condiciones formales de la solvencia de los referidos agentes de
retención.

    Considerando: la necesidad de adoptar las máximas previsiones sobre la
infraestructura que deban reunir los empleadores que asegure una adecuada
retención y versión de los arrendamientos.

    Atento: a lo dispuesto por el artículo 108 y siguientes de la Ley Nº
16.226 de 29 de octubre de 1991.

                      El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 102/993 de 02/03/1993 artículo 1.
Referencias al artículo

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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