Visto: el decreto 185/983, de 9 de junio de 1983 por el cual se aprueba
los Planes de Inversiones 1983 para los Organismos Descentralizados y el
decreto 254/983, de 26 de julio de 1983 por el cual se amplía el Plan
de Inversiones 1983 para los incisos 61 "Administación Nacional de Usinas
y Trasmisiones Eléctricas" y 66 "Administración de las Obras Sanitarias
del Estado".
Resultando: 1) Que en el decreto 254/983, de 26 de julio de 1983 no se
aprobó el Plan de Inversiones de la Administración Nacional de Usinas y
Trasmiones Eléctricas a nivel de rubros, gastos en moneda extranjera y
partidas imprescindibles a comprometer para ejecutar en próximos
ejercicios;
II) Que en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 2º del mencionado
decreto, la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas
remitió a la Secretaria de Planeamiento, Coordinación y Difusión el
desglose a nivel de rubros de gastos en moneda extranjera y partidas a
comprometer para ejecutar en futuros ejercicios;
III) Que en el decreto 185/983, al Proyecto "Prospección de Minerales",
Programa 2.04 "Prospección de Recursos Minerales", Inciso 60
"Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland" se le
adjudicó el Nº 004 en el Cuadro 1 y en los Cuadros 2 y 3 fue incluido con
el Nº 003.
Considerando: I) La conveniencia de que se apruebe el Plan de
Inversiones 1983 de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas a nivel de rubros, gastos en moneda extranjera y partidas a
comprometer para ejercicios futuros;
II) La necesidad de regularizar el decreto 185/983, de 9 de junio de 1983
en el Inciso 60 "Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland," Programa 2.04 "Prospección de Recursos Minerales" a los efectos
de adjudicar el Nº 004 al Proyecto "Prospección de Minerales" en los
cuadros 2 y 3.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión, la División Técnico Financiera del Ministerio de Economía y
Finanzas y a lo dictaminado por el Tribunal de Cuentas de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la apertura a nivel de rubros, los gastos en moneda
extranjera y las partidas a comprometer para ejecutar en ejercicios
siguientes, del Plan de Inversiones 1983 del Inciso 61 "Administración
Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas" aprobado por decreto
254/983, de 26 de julio de 1983 de acuerdo con el anexo que forma parte
integrante de este decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 101/984 de
24/02/1984.
ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JUAN A. CHIARINO ROSSI