{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "100" 
  ,"anioNorma" : 2012 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE PROTECTORES SOLARES EN COSMETICOS. DEROGACION DE LA RESOLUCION GMC 26/02" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2012/04/16/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/03/2012" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/04/2012" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2012 
  ,"pagina" : 541 
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  ,"vistos" : " VISTO: la Resolución GMC N° 08/ 11 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;\r\n\r\nRESULTANDO: que por la misma se aprobó el documento denominado \"REGLAMENTO\r\nTÉCNICO MERCOSUR SOBRE PROTECTORES SOLARES EN COSMÉTICOS\";\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que entre las funciones definidas en la Resolución GMC N°\r\n110/94 para las productos de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes, se\r\nencuentran las de proteger la piel y mantenerla en buen estado;\r\n\r\nII) que existen estudios que demuestran los efectos negativos de la\r\nincidencia de la radiación solar sobre la piel y que el envejecimiento\r\nprematuro de la piel es favorecido por esta radiación;\r\n\r\nIII) que es necesario establecer criterios para la clasificación del grado\r\nde protección solar - Factor de Protección Solar (FPS); los métodos\r\nanalíticos para la determinación del FPS y de la protección a la radiación\r\nUVA, para la resistencia al agua y los requisitos de rotulado para\r\nproductos de protección solar;\r\n\r\nIV) que según lo dispuesto en el Artículo 38 del Protocolo Adicional al\r\nTratado de Asunción sobre la estructura institucional del MERCOSUR\r\n-Protocolo de Ouro Preto- aprobado por la Ley N° 16712 de 1° de setiembre\r\nde 1995, los Estados Parte se comprometen a adoptar las medidas\r\nnecesarias, para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento\r\nde las normas emanadas de los órganos correspondientes, previstos en el\r\nArtículo 2 del referido Protocolo;\r\n\r\nV) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la\r\nRepública en el Protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el Derecho\r\npositivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en\r\nel VISTO;\r\n\r\nVI) que la actualización planteada contribuye a permitir un mayor y más\r\nfluido relacionamiento comercial con otros países, circunstancia que\r\nbeneficia el comercio exterior de nuestro País;\r\n\r\nVII) que la citada actualización, elevada por el Sector Alimentos,\r\nCosméticos y Domisanitarios, del Departamento de Evaluación de la\r\nConformidad de la División Evaluación Sanitaria del Ministerio de Salud\r\nPública, cuenta con la aprobación de la División Normas e Investigación de\r\ndicha Secretaría de Estado;\r\n\r\nVIII) que la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud\r\nPública, no realiza objeciones respecto, por lo que corresponde proceder\r\nen consecuencia;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 9.202\r\n- Orgánica de Salud Pública - de 12 de enero de 1934 y concordantes;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/100-2012/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Adóptase la Resolución GMC N° 08/11 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR,\r\npor la cual se aprobó el \"REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE PROTECTORES\r\nSOLARES EN COSMÉTICOS\" (*), que se adjunta como Anexo y forma parte integral del presente Decreto.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/100-2012/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/100-2012/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - JORGE VENEGAS - LUIS ALMAGRO - ROBERTO KREIMERMAN\r\n\r\n " 
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