{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "100" 
  ,"anioNorma" : 1994 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ANP. EJERCICIO 1993" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1994/03/21/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/03/1994" 
  ,"fechaPublicacion" : "21/03/1994" 
  ,"vistos" : "       Visto: La necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto\r\nOperativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la\r\nAdministración Nacional de Puertos correspondiente al ejercicio 1993.\r\n\r\n     Resultando: I) Que por Decreto Nº 316/93 del 6 de julio de 1993 el\r\nPoder Ejecutivo aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones\r\nFinancieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Puertos\r\ncorrespondiente al ejercicio 1993, a precios promedio del período enero\r\nabril de 1992.\r\n\r\n     II) Que con fecha 5 de octubre de 1993 la Oficina de Planeamiento y\r\nPresupuesto aprobó las adecuaciones de dicho Presupuesto a precios\r\npromedio enero-abril de 1993 y enero-agosto de 1993.\r\n\r\n     III) Que corresponde, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos\r\n10 y 11 del citado Decreto Nº 316/93, ajustar las partidas de ingresos y\r\ngastos tanto de funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las\r\nvariaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a\r\nvalores enero diciembre de 1993, según su vigencia.\r\n\r\n     IV) Que la Empresa solicita ampliación de su Presupuesto Operativo\r\npor $ 26:837.658, de los cuales $ 24:600.000  corresponden a partida para\r\nfinanciar incentivos al egreso de funcionarios y $ 2:237.658 a la\r\naplicación del artículo 21 del Decreto Nº 316/93.\r\n\r\n     Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el\r\nDirectorio de la Administración Nacional de Puertos, así como las\r\nrestantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los\r\nlineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo.\r\n\r\n     II) Que es necesario realizar una  modificación presupuestal que\r\nautorice el financiamiento de los mismos.\r\n\r\n     III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su\r\ninforme y el Tribunal de Cuentas su dictamen.\r\n\r\n     Atento: A lo expuesto precedentemente\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                                   DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/100-1994/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Sustitúyanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto\r\nOperativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la\r\nAdministración Nacional de Puertos correspondiente al ejercicio 1993, de\r\nacuerdo al siguiente detalle:\r\n\r\n(I)  -    PROGRAMA 1: EXPLOTACION COMERCIAL Y DE SERVICIOS\r\n\r\n                                               $        $\r\nI - INGRESOS                                  146:669.036\r\n-    Marítimos                       24:720.738\r\n-    Terrestres                     116:087.413\r\n-    Obras y mantenimiento            5:860.885\r\n\r\nII - PRESUPUESTO OPERATIVO                     93:726.663\r\n\r\nRUBRO     DENOMINACION                      $           $\r\n0       RETRIBUCION DE SERV. PERSON.           43:399.124\r\n011311  Sueldos Básicos carg. perman. 6:201.710\r\n011312  Incremento mayor horario      1:171.155\r\n011313  Dedicación total                462.801\r\n011315  Diferencia por subrogación      562.874\r\n011317  Sueldos progresivos             745.679\r\n011318  Incremento salarial 5/92        215.522\r\n019311  Sueldo anual complementario     975.520\r\n021321  Sueldos bás. pers. contr. perm. 13:415.236\r\n021322  Incremento mayor horario      3:238.529\r\n021323  Dedicación total                327.666\r\n021325  Diferencia por subrogación    2:768.862\r\n021327  Sueldos progresivos           1:076.048\r\n021328  Incremento salarial 5/92        603.184\r\n029321  Sueldo anual complementario   2:354.881\r\n061311  Horas extra carg. perman.     1:059.402\r\n061321  Horas extra contr. fun. perman. 3:226.854\r\n061304  Prima por eficiencia            446.900\r\n061305  Trabajo nocturno                918.636\r\n061308  Trabajo sucio o de altura       103.683\r\n062301  Gastos de representación         12.735\r\n062302  Profes. con person. operativo   158.714\r\n062303  Personal embarcado            2:522.504\r\n062307  Ded. esp. J. Zona, Adm. y Subadm.726.115\r\n079     Licencia no gozada              103.914\r\n1       CARGAS LEGALES S/SERV. PERSON.         11:473.231\r\n11      Aporte patr. sist. seg. social 10:607.327\r\n12      Otros aportes patron. s/retrib.   432.952\r\n13      Impuesto s/retrib. personales     432.952\r\n2       MATERIALES Y SUMINISTROS               13:697.365\r\n3       SERVICIOS NO PERSONALES                12:976.235\r\n4       MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBILIARIO NUEVOS   4:019.880\r\n7       SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS        7:240.024\r\n735     A Gobierno Central                792.699\r\n74      A Instit. sin fines de lucro        7.367\r\n751     Prima por matrimonio               10.231\r\n752     Hogar constituído               1:348.457\r\n753     Prima por nacimiento               29.997\r\n754     Prestaciones por hijo             487.432\r\n755     Prestaciones por fallecimiento     19.971\r\n774     Asistencia médica               4:499.429\r\n775     Retardo mental                     10.012\r\n779     Otras transf. a unid. familiares   28.454\r\n791     Tributos nacionales                 5.975\r\n9       ASIGNACIONES GLOBALES                    920.804\r\n\r\n(II) -    PROGRAMA 2: DIRECCION Y ADMINISTRACION\r\n\r\n                                                  $        $\r\nI -  RECURSOS                                     33:953.020\r\nA.   Ingresos                           9:353.020\r\n-    Ventas, entradas vs. y remates     3:432.788\r\n-    CGN-Subs. Leyes 16127 y 16246      5:920.232\r\n\r\nB.   Préstamos                         24:600.000\r\n-    Banco de la República             24:600.000\r\n\r\nII - PRESUPUESTO OPERATIVO                       106:654.714\r\n\r\nRUBRO     DENOMINACION                            $        $\r\n0    RETRIBUCION DE SERV. PERSON.                 28:582.304\r\n011311   Sueldos Bás. carg. perman.     6:696.505\r\n011313   Dedicación total                 136.161\r\n011315   Diferencia por subrogación     1:077.390\r\n011317   Sueldos progresivos              477.358\r\n011318   Incremento salarial 5/92         109.376\r\n019311   Sueldo anual complementario      773.651\r\n021321   Sueldos bás. pers. contr. perm. 10:082.345\r\n021323   Dedicación total                 621.664\r\n021325   Diferencia por subrogación     2:976.027\r\n021327   Sueldos progresivos              477.479\r\n021328   Incremento salarial 5/92         307.822\r\n029321   Sueldo anual complementario    1:407.765\r\n061311   Horas extra carg. perman.        337.482\r\n061321   Horas extra contr. fun. perman. 1:162.684\r\n061304   Prima por eficiencia             227.732\r\n061305   Trabajo nocturno                  91.863\r\n062301   Gastos de representación          71.278\r\n062307   Ded. esp. J. Zona, Adm. y subadm. 19.028\r\n063301   Compensaciones varias          1:304.791\r\n077      Quebranto de caja                170.951\r\n079      Licencia no gozada                52.952\r\n1        CARGAS LEGALES S/SERV. PERSON.            8:878.054\r\n11       Aporte patr. sist. seg. social 8:208.012\r\n12       Otros aportes patron. s/retrib.  335.021\r\n13       Impuesto s/retrib. personales    335.021\r\n2        MATERIALES Y SUMINISTROS                  1:125.942\r\n3        SERVICIOS NO PERSONALES                   5:969.562\r\n7        SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS         28:396.908\r\n74       A Instit. sin fines de lucro      77.855\r\n751      Prima por matrimonio               6.482\r\n752      Hogar constituido                756.812\r\n753      Prima por nacimiento              13.656\r\n754      Prestaciones por hijo            250.657\r\n755      Prestaciones por fallecimiento     6.936\r\n763      Pensiones graciables              84.493\r\n773      Becas                                569\r\n774      Asistencia médica              2:292.833\r\n775      Retardo mental                    14.086\r\n779      Otras transf. a ud. familiares 24:777.207\r\n791      Tributos nacionales                27.154\r\n792      Tributos municipales               88.168\r\n8        SERVICIOS DE DEUDA Y ANTICIPOS           33:489.079\r\n81       Amortización deuda interna     10:691.005\r\n82       Amortización deuda externa     18:861.230\r\n83       Intereses deuda interna           881.323\r\n84       Intereses deuda externa         3:055.521\r\n9        ASIGNACIONES GLOBALES                       212.865\r\n\r\n(III) -  INVERSIONES                              59:754.082\r\n\r\nRUBRO DENOMINACION                                         $\r\n3     SERVICIOS NO PERSONALES                     10:206.429\r\n4     MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBILIARIO NUEVOS        8:988.012\r\n6     CONSTRUCC., MEJORAS Y REPAR. EXTRAORD.      40:559.641\r\n\r\n     Los rubros 0 \"Retribuciones de Servicios Personales\", 1 \"Cargas\r\nLegales sobre Servicios Personales\" y 7 \"Subsidios y Otras Transferencias\"\r\nen lo relativo a beneficios sociales, incluyen la totalidad de los\r\naumentos dispuestos hasta octubre de 1993, inclusive.\r\n\r\n     Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera\r\nestán estimadas a la cotización de $ 4,10 (cuatro pesos con 10/100) por\r\ndólar estadounidense. Las partidas en moneda nacional correspondientes a\r\nlos restantes rubros presupuestales están expresadas a precios promedio\r\ndel período enero diciembre de 1993. " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "  Dése cuenta a la Asamblea General. \r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese, etc.\r\n Comuníquese, publíquese, etc. (*)\r\n " 
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  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - JUAN CARLOS RAFFO - IGNACIO DE POSADAS MONTERO " 
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