Visto: el decreto 544/969, de 3 de noviembre de 1969, por el que se
dispuso la intervención de "Establecimientos Frigoríficos del Cerro S.A."
(EFCSA).
Resultando: el mandato de los miembros de la Comisión Interventora de
EFCSA fue prorrogado, hasta el 31 de diciembre de 1975, por los decretos
548/970, 92/973, 946/974 y 21/975, del 5 de noviembre de 1970, 25 de enero
de 1973, 22 de noviembre de 1974 y 2 de enero de 1975.
Considerando: dado que subsiste la situación que dio origen a la
intervención decretada, la que fue expuesta en la parte expositiva del
decreto respectivo, procede ampliar el plazo de duración del mandato de
los miembros de la Comisión.
Atento: a lo dispuesto por los artículos 11º y 13º (apartado 4) de la ley
10.940, de 19 de setiembre de 1947,
El Presidente de la República
DECRETA:
Amplíase, hasta el 31 de diciembre de 1976, el plazo de duración del
mandato de los Miembros de la Comisión Interventora de "Establecimientos
Frigoríficos del Cerro S.A." (EFCSA), a que se refiere el artículo 3º del
decreto 544/969, del 3 de noviembre de 1969.