El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la conveniencia de emitir Títulos de Deuda Pública en pesos uruguayos (UYU);
CONSIDERANDO: la demanda de tales valores en el mercado local;
ATENTO: a lo informado por la División Unidad de Gestión de Deuda del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo dispuesto por los artículos 696 a 701 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, y los artículos 682 y 683 de la Ley N° 20.446, de 16 de diciembre de 2025;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Dispónese la emisión de Notas de Tesorería en pesos uruguayos por hasta la suma de UYU 51.000:000.000 (cincuenta y un mil millones de pesos uruguayos) en los plazos de madurez de 1 (uno) a 5 (cinco) años; por los montos, condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas.
La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.