REGULACION PARA LA CONTRATACION DE EMPLEADOS LOCALES POR PARTE DE MISIONES DIPLOMATICAS Y OFICINAS CONSULARES DE LA REPUBLICA




Promulgación: 08/01/2018
Publicación: 16/01/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.

Artículo 5

   No podrán ser propuestas las personas vinculadas por razones de parentesco, hasta el tercer grado de consanguinidad o de afinidad inclusive, con los agentes diplomáticos, consulares u otros empleados de la misión u oficina. El presente artículo será de aplicación inclusive para las contrataciones transitorias.
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