REGULACION PARA LA CONTRATACION DE EMPLEADOS LOCALES POR PARTE DE MISIONES DIPLOMATICAS Y OFICINAS CONSULARES DE LA REPUBLICA




Promulgación: 08/01/2018
Publicación: 16/01/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.

Artículo 2

   La propuesta de contratación realizada por el señor Jefe de la representación diplomática o consular deberá detallar:
a) Las razones de servicio que fundamentan la contratación;
b) El procedimiento de selección seguido para definir al candidato
   propuesto y otros dos posibles candidatos alternativos, detallando los
   motivos de preferencia de unos sobre otros;
c) Remitir en todos los casos la totalidad de los antecedentes de los
   candidatos propuestos.
   En casos debidamente fundados se podrá considerar la posibilidad de exonerar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los literales b) y c).
   Salvo situaciones excepcionales y debidamente fundadas, las propuestas de contratación sólo podrán ser realizadas hasta ciento veinte días antes de la fecha de adscripción del funcionario habilitado para realizar la contratación.
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