REGIMEN DE DRAW BACK - MODIFICACION DEL REGIMEN DE VENTA A TURISTAS. DEPOSITOS FISCALES UNICOS DE ZONAS FRONTERIZAS




Promulgación: 02/01/2004
Publicación: 19/01/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 9

Artículo 5

 Los nuevos bienes que se incluyan en el listado de productos autorizados 
a comercializar de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 3º de este 
decreto, tributarán el mismo canon que los bienes de igual naturaleza, 
sobre los valores establecidos en el literal d), numerales 1) y 2) del 
artículo 14º del Decreto Nº 367/995, de 4 de octubre de 1995.
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