Aprobado/a por: Decreto Nº 8/024 de 16/01/2024 artículo 1.
   Artículo 1.- Agrégase al artículo 11 in fine de Anexo I Normas complementarias Capítulo I Sistemas de Retención Infantil, Categorías - Importación - Proceso de Certificación, del Decreto N° 81/014, de fecha 3 de abril de 2014 lo siguiente:

   "Se admitirán los sistemas de retención infantil homologados de
   conformidad con las prescripciones técnicas y categorías del
   reglamento de Naciones Unidas UNECE R129, publicado en español en el
   Diario Oficial de la Unión Europea:

   https://eur-lex.europea.eu/legal-content/ES/TXT/
   PDF/?uri=CELEX:42021X1806

   En cumplimiento de la norma técnica mencionada dichos sistemas de
   retención deberán poseer una etiqueta claramente visible en el
   exterior del embalaje con la siguiente advertencia para los
   compradores o usuarios:

   Este es un sistema de retención infantil i-Size. Está homologado
   conforme al Reglamento N° 129 para su uso en plazas de asiento
   compatibles con i-Size, indicadas por los fabricantes de los vehículos
   en el manual del usuario de los mismos. En caso de duda, consulte al
   fabricante o al vendedor del sistema de retención infantil."

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 81/014 de 03/04/2014 artículo 70.
Ayuda