MODIFICACION AL REGLAMENTO DE LOS TRIBUNALES DE HONOR DE LAS FUERZAS ARMADAS
Aprobado/a por: Decreto Nº 676/977 de 06/12/1977 artículo 1.
Artículo 1.- Modifícase el artículo 75 del Reglamento de los Tribunales de
Honor de las Fuerzas Armadas, aprobado por decreto 24.891 (D 243/969) de
fecha 20 de mayo de 1969, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 75. Los Presidentes de los Tribunales de Honor podrán
requerir la presencia del asesor letrado del Ministerio de Defensa
Nacional, con el exclusivo objeto de determinar lo relativo a las
cuestiones de jurisdicción y competencia. En el caso de los
Tribunales de Honor Regionales del Ejército podrán requerir la
presencia del asesor letrado del Comando de División Ejército
respectivo, con la misma finalidad".
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