Aprobado/a por: Decreto Nº 541/978de 19/09/1978 artículo 1. Reglamento derogado por: Decreto Nº 483/994 de 01/11/1994 artículo 4.
Art. 2º. El Personal Superior reincorporado tendrá facultades a los efectos de las calificaciones, únicamente en las circunstancias establecidas en el artículo 184 de la Ley 14.157, del 21 de febrero de 1974. CAPITULO II Del Informe de Calificación Anual y su trámiteAyuda