Aprobado/a por: Decreto Nº 516/996 de 30/12/1996 artículo 1.
Artículo 1.- Sustitúyese el numeral 4.8.6.16 y sus parágrafos del
Reglamento de Uniformes del Ejército (R.G. 29-4) aprobado por
Decreto 686/991 de 17 de diciembre de 1991, en la redacción
dispuesta por el artículo 3 del Decreto 86/995 de 20 de febrero de 1995,
los que quedarán redactados de la siguiente manera:
 " 4.8.6.16  Misiones Operativas en el Exterior.-
  4.8.6.16.1 Uso. En forma permanente para:
 -Personal Superior y Subalterno que participe o haya participado en
Misiones Operativas en el Exterior, en el ámbito de la Organización de las
Naciones Unidas o de otro Organismo Internacional, cualquiera sea el cargo
y funciones desempeñadas.
 -Consistirá en un Distintivo esmaltado para ser usado en el Uniforme de
Gala, Social y de Paseo, en la parte superior derecha de la casaquilla
acorde a lo establecido por este Reglamento para la categoría de
distintivos especiales.
 -En el Uniforme de Cuartel y de Campaña, se usará bordado sobre tela,
cosido arriba del bolsillo izquierdo de la camisa o sacón según
corresponda.
 4.8.6.16.2 Descripción.
 4.8.6.16.2.1. Distintivo metálico.
 -Barra de 0m03 de ancho por 0m01 de alto.
 -En metal dorado y en relieve, un rectángulo de 1,5 mm, que limite su
contorno, uniéndose a éste en el mismo metal y en relieve los continentes,
dando la idea de conjunto: el mundo.
 -Dentro del mismo, como fondo, la escarapela del Ejército en esmaltes
correspondientes, representando la presencia del Ejército Nacional en el
mundo.
 -En la base del rectángulo, en el mismo metal dorado y con un relieve más
marcado, dos ramas de olivos simétricas entrelazadas en el centro,
representando el éxito obtenido por el Ejército en estas misiones.
 -En el espacio entre los continentes y superpuesto a la bandera de
Artigas, lleva los números en dorado (del mismo metal y en relieve)
indicando la cantidad de misiones efectuadas por el portador.
 -El diseño general del distintivo simboliza "El Ejército y la paz
mundial".
 4.8.6.16.2.2 Distintivo bordado: Consistirá en el mismo diseño metálico
bordado sobre tela en hilo, de los colores del escudo esmaltado, con las
siguientes medidas: 0,03 m de alto y 0,06 m de ancho."

                             Lámina  

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 516/996 de 
30/12/1996.
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 686/991 de 17/12/1991 capítulo 4 
4.8.6.16, 4.8.6.16.1, 4.8.6.16.2, 4.8.6.16.2.1 y 14.8.16.2.2.
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