Aprobado/a por: Decreto Nº 466/009 de 05/10/2009.
Artículo 3.- Derógase los Artículos 16.2.17 "Dulce de leche - 
Definiciones para dulce de leche", 16.2.19, 16.2.20, 16.2.21, 16.2.22, 16.2.23, 16.2.24, 16.2.25, 16.2.26, 16.2.27, 16.2.28 y 16.2.29 "Disposiciones generales para dulce de leche" de la Sección 2 - Derivados Lácteos -, del Capítulo 16 - Leche y Derivados -, del precitado 
Reglamento Bromatológico Nacional.
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