Aprobado/a por: Decreto Nº 417/988 de 09/06/1988 artículo 1.
                          Capítulo I

     1.1. El Centro de Diseño Industrial depende del Ministerio de
Educación y Cultura a través de la Dirección de Educación quien ejercerá
la supervisión general de sus actividades.

     1.2. El Centro de Diseño Industrial como tiene fin formar
diseñadores en el área industrial, asesorar a la producción industrial en
la creación de modelos y promover el mejoramiento del diseño.

                            Capítulo II

     2.1. El Centro de Diseño Industrial contará con:

     1- Un Director.
     2- Un Sub Director.
     3- Tres Sectores: a) Docencia, b) Investigación y c) Administración.
     4- El Consejo Docente integrado por los Profesores del Centro.

                              Capítulo III

     3.1. El Director del Centro de Diseño Industrial deberá ser egresado
del Centro o persona de reconocida versación en el área del diseño.

     3.2. Será designado por un período de dos años. Finalizado dicho
plazo podrá ser reelecto.

     3.3. Sus cometidos serán:

     - Administrar la gestión del Centro.
     - Dirigir el Sector Docencia.
     - Coordinar las actividades didácticas y administrativas de los
       sectores Docencia e Investigación.
     - Promover el Centro y el Diseño Industrial.
     - Mantener relaciones con la Industria.
     - Tomar decisiones disciplinarias con respecto a alumnos.
     - Elevar a consideración de la Dirección de Educación del
       Ministerio de Educación y Cultura.
     - El proyecto del Plan Anual de Actividades.
     - El proyecto de Presupuesto del Centro.
     - El balance Anual de Gestión.
     - Un informe trimestral de actividades cumplidas por el Centro.
     - El parte Mensual de inasistencias del personal.
     - Las propuestas para los cargos docentes vacantes o suplencias.
     - Los proyectos de modificación de Planes y Programas de los
       Cursos.

    3.4. El Sub director del Centro deberá ser egresado del Centro o
persona de reconocida versación en el área del Diseño.

    3.5. Tendrá como funciones:

  - Subrogar al Director en caso de ausencia de éste.
  - Dirigir el Sector Investigación.

                             Capítulo IV

     4.1. El Sector docencia tiene por cometido planificar desarrollar y
supervisar todos los cursos de formación del Centro.

     4.2. Estará dirigido por el Director del Centro, quien estará
asesorado por un especialista en Educación (Asesor Docente).

     4.3. El Asesor Docente trabajará conjuntamente con los Directores de
los tres Sectores.

     4.4. Sus cometidos serán:

     a) Coordinar las actividades de los cursos y de los proyectos de
investigación.
     b) Velar porque los cursos y las investigaciones sean siempre acorde
con los objetivos del Centro.
     c) Controlar y evaluar la calidad y el nivel de las clases
impartidas.
     d) Asesorar a los docentes en la manera más apta para dictar cursos.
     e) Sugerir y realizar material didáctico para los diferentes cursos.
     f) Guiar a los alumnos para que logren el máximo aprovechamiento de
sus capacidades en los cursos.
     g) Diseñar pruebas aptitudinales para el examen de ingreso.
     h) Fomentar en los docentes la interrelación de los cursos y
motivarlos en su actividad.
     j) Coordinar y organizar jornadas de estudio con todos los docentes
para realizar la evaluación de los Cursos.

                            Capítulo V

     5.1. Los objetivos del sector de Investigación del Centro de Diseño
Industrial son:

     1. Divulgar las actividades de la División para planificar trabajos
de investigación en colaboración con los diversos sectores de la
industria, enseñanza, entes públicos, etc., en todo el territorio
nacional.
     2. Dar asesoría al sector privado y público.
     3. Realizar trabajos de investigación en conjunto con diferentes
centros de enseñanza del país.
     4. Organizar Seminarios para Técnicos que trabajan en la industria y
en el Sector Artesanal.
     5. En base a los resultados obtenidos en las investigaciones y
asesorías realizadas, generar material didáctico de apoyo que pueda ser
utilizado por los docentes en sus cursos.
     6. Fomentar una aptitud investigadora en los estudiantes como
colaboradores y ejecutores de los proyectos del Sector de Investigación.
     7. Divulgar las experiencias realizadas en el Sector de
Investigación de Diseño Industrial en la totalidad del país por medio de:

     - Publicaciones periódicas, etc.

     5.2. El Sector Investigación estará dirigido por el SubDirector del
Centro.

     5.3. Se integrarán en este Sector las siguientes comisiones:

     - Comisión de Planificación y Financiación de Proyectos.
     - Comisión de Planificación de Seminarios.
     - Comisión de Divulgación de la actividad del Centro.

    Los miembros de dichas comisiones serán designados por la Dirección
de Educación del Ministerio de Educación y Cultura.

     5.4. La Comisión de Planificación y Financiación de Proyectos
tendrán como cometidos:

     - Divulgar la actividad del Centro, de forma de crear contactos con
las diversas entidades públicas y privadas para detectar necesidades y
planificar proyectos en base a los servicios que puede ofrecer el Centro.

     5.5. La Comisión de Planificación de Seminarios tendrá como
cometidos:

     - De acuerdo a las necesidades detectadas, se estructurarán
Seminarios para los diferentes sectores industriales y artesanales.

     5.6. La Comisión de Divulgación de la actividad del Centro, que será
presidida por el Director del Centro, tendrá como cometidos:

     - Divulgar todas las actividades que se desarrollan en los Sectores
de Docencia e Investigación.
     - Organizar exposiciones anuales sobre los trabajos de los
estudiantes.
     - Publicar los resultados de las investigaciones y asesorías en una
edición anual.
     - Coordinar concursos de diseños entre los trabajos de los
estudiantes.
     - Publicar un folleto informativo sobre el Centro de Diseño
Industrial.

                              Capítulo VI

     6.1. El Centro contará con una secretaría administrativa dirigida
por el Secretario del Centro.

     6.2. Será tarea del Secretario Administrativo la de:

     - Administrar los recursos del Centro en cuanto a personal,
mantenimiento, compras, etc.
                           Capítulo VII

     7.1. Será tarea del Consejo Docente:

    a) Asesorar a la Dirección en materia disciplinaria cuando esta lo
requiera.
    b) Proponer calendario de exámenes y fechas de evaluación.
    c) Participar obligatoriamente en las Reuniones quincenales con
ambos Directores.
    d) Coordinar con el Sector Industrial, la práctica industrial que se
realizará en el último año.
    e) Coordinar y planificar con el Sector Industrial visitas a
industrias, conferencias, etc.
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