Aprobado/a por: Decreto Nº 413/992 de 01/09/1992 artículo 1.
Artículo 1.-
De acuerdo con lo estipulado en los artículos 9º, 14º, 20º y
23º de la Ley 16.246 de 8 de abril de 1992 (Ley de Puertos) y en su
reglamentación, se establecen por el presente,los requisitos jurídicos,
administrativos técnicos y económicos que han de reunir las empresas
prestadoras de servicios portuarios, para ser habilitadas como tales, en
los Puertos de la República, así como los procedimientos al efecto.

(*)Notas:
Incisos 2 y 3 se modifica/n por: Decreto Nº 105/993 de 02/03/1993 artículo 
2.
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