REGLAMENTO TECNICO DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE LA CASEINA ALIMENTICIA
Aprobado/a por: Decreto Nº 411/997 de 04/11/1997 artículo 1.
Artículo 1.- Adóptase el Reglamento Técnico de Identidad y Calidad de la Caseína Alimenticia aprobado por la Resolución No. 43/94 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que se anexa al presente Decreto y forma
parte integral del mismo.
REGLAMENTO TECNICO DE CALIDAD E IDENTIDAD
DE CASEINA ALIMENTICIA
1. ALCANCE
1.1 Objetivo.
El presente reglamento fija los requisitos mínimos de
calidad e identidad que deberá obedecer la caseína
alimenticia destinada a consumo humano.
1.2 Ambito de aplicación.
El presente reglamento se refiere a la caseína alimenticia
comercializada en el MERCOSUR.
2. DESCRIPCION
2.1 Definición.
Con el nombre de caseína alimenticia se entiende el
producto que se separa por acción enzimática o por
precipitación mediante acidificación de leche descremada
a pH 4,6-4,7, lavado y deshidratado por procesos
tecnológicamente adecuados.
2.2 Clasificación.
Según su método de obtención se clasificará la caseína
alimenticia como
2.2.1 Caseína alimenticia al ácido, es aquélla obtenida
por acidificación con ácidos.
2.2.2 Caseína alimentica láctica, es aquélla obtenida
por precipitación con suero láctico fermentado.
2.2.3 Caseína alimenticia al cuajo, es aquélla obtenida
por acción coagulante enzimática.
2.3 Designación (denominación de venta).
Se designará Caseína alimenticia al ácido, Caseína alimenticia
láctica o Caseína alimenticia al cuajo, según corresponda a la
clasificación del punto 2.2.
3. REFERENCIAS
APHA 1992, Cap. 24
CODEX ALIMENTARIUS, CAC/Vol. A 1985
FIL 20B: 1993
FIL 50B: 1985
FIL 73A: 1985
FIL 78B: 1980
FIL 89: 1979
FIL 90: 1979
FIL 91: 1979
FIL 94B: 1990
FIL 100B: 1991
FIL 107: 1982
FIL 127A: 1988
FIL 138: 1986
4. COMPOSICION Y REQUISITOS
4.1 Composición
4.1.1 Ingredientes obligatorios
Leche descremada.
4.1.2 Ingredientes opcionales
Cloruro de calcio en la caseína alimenticia al cuajo.
4.2 Requisitos
4.2.1 Características sensoriales
4.2.1.1 Aspecto
Granulado o polvo, sin partículas extrañas.
4.2.1.2 Color
Blanco o blanco amarillento.
4.2.1.3 Sabor y aroma
Sabor suave, característico, libre de sabores y
olores extraños.
4.2.2 Característicias físico químicas
Método
Límite analítico
Materia grasa (%, m/m) máx. 2,0 FIL 127A:1988
Humedad (%, m/m) máx. 10,0 FIL 78B:1980
Proteína en base seca
(%, m/m) mín. 90,0 FIL 20B:1993
Cenizas (%, m/m) máx. 2,5 FIL 89:1979*
máx. 8,0 FIL 90:1979**
Acidez libre
(mL NaOH 0.1N/g) máx. 0,27 FIL 91 :1979
Sedimentos/25g máx. Disco C FIL 107:1982
*APLICABLE A CASEINA ALIMENTICIA AL ACIDO Y LACTICA
**APLICABLE A CASEINA ALIMENTICIA AL CUAJO.
4.2.3 Acondicionamiento
Deberá ser envasada con materiales adecuados para las
condiciones de almacenamiento previstas y que confieran al
producto una protección adecuada.
5. ADITIVOS Y COADYUVANTES DE TECNOLOGIA /ELABORACION
5.1 Aditivos
No se acepta el uso de aditivos.
5.2 Coadyuvantes de tecnología/elaboración.
5.2.1 Agentes acidificantes de calidad alimentaria.
5.2.1.1 Acidos:
- acético
- clorhídrico
- sulfúrico
- láctico
- cítrico
- fosfórico
5.2.1.2 Suero láctico fermentado.
5.2.2 Enzimas coagulantes.
Cuajo u otras enzimas coagulantes.
6. CONTAMINANTES
Los contaminantes orgánicos e inorgánicos no deben estar presentes en
cantidades superiores a los límites establecidos por el Reglamento
MERCOSUR correspondiente.
7. HIGIENE
7.1 Consideraciones generales.
Las prácticas de higiene para la elaboración del producto estarán de
acuerdo a lo que se establece en el Código Internacional Recomendado
de Prácticas, Principios Generales de Higiene de los Alimentos
(CAC/VOL A 1985).
7.2 Criterios macroscópicos y microscópicos.
Ausencia de cualquier tipo de impurezas o elementos extraños.
7.3 Criterios microbiológicos y tolerancias.
MICROORGANISMOS CRITERIO DE CATEGORIA METODO
ACEPTACION I.C.M.S.F. ANALISIS
Coliformes n=5 c=2 5 FIL 73A:1985
a 30ºC/g m=10 M=100
Coliformes n=5 c=2 5 APHA 1992,
a 45ºC/g m<3 M=10 Cap. 24(*)
Estafilococos
Coagulasa n=5 c=1 8 FIL 138:1986
positiva/g m=10 M=100
Aerobios mesóf. n=5 c=2
iables/g m=30000 M=100000 2 FIL 100B:1991
Hongos y n=5 c=2 2 FIL 94B:1990
levaduras/g m=100 M=1000
(*) Compendium of Methods for the Microbiological Examination of Foods.
8. PESOS Y MEDIDAS
Se aplicará el Reglamento MERCOSUR correspondiente.
9. ROTULADO
9.1 Se aplicará el Reglamento MERCOSUR correspondiente.
9.2 Se designará como "Caseína Alimenticia al ácido", "Caseína
Alimenticia al cuajo", "Caseína Alimenticia láctica", según
corresponda.
10. METODOS DE ANALISIS.
Los métodos de análisis recomendados son los indicados en los puntos
4.2.2 y 7.3 del presente Reglamento.
11. MUESTREO
Se seguirán los procedimientos recomendados en la Norma FIL 50B:1985.
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