REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES Y PROGRAMAS DE INGRESO AL LICEO MILITAR
Aprobado/a por: Decreto Nº 399/007 de 29/10/2007 artículo 1.
ANEXO I
"CONDICIONES GENERALES DE INGRESO AL LICEO MILITAR "GENERAL ARTIGAS"
Y SOBRE LA GESTION ESPECIFICA DEL MISMO INSTITUTO
FINALIDAD
I.- El Liceo Militar "General Artigas" por su particular naturaleza de
Instituto cívico-militar, constituye fundamentalmente un centro formativo
para el desenvolvimiento integral de la personalidad moral, intelectual y
física de su alumnado.
II.- Para cumplir su cometido el Liceo actúa como:
A.- Centro de formación cívico-militar, creando hábitos de convivencia
social y fortaleciendo el espíritu patriótico.
B.- Instituto de Educación Secundaria impartiendo la enseñanza
correspondiente a los planes de la Educación Media Superior dispuesta por
el órgano rector.
C.- Como centro de instrucción pre-militar completando la preparación
ética y física del alumnado y brindándole bases para su eventual ingreso a
la profesión militar.
III.- La enseñanza formal se cumple:
A.- A través de los cursos que se dictan de conformidad con lo expuesto en
el numeral II, literal B.
B.- Con cursos especiales autorizados por la Superioridad a propuesta de
la Dirección del Liceo Militar, en materias interesantes para la
preformación de profesionales de las Armas y/o que los habiliten para su
mejor adaptación a la sociedad.
IV.- El desarrollo de los cursos propuestos en el numeral III, literal A)
se realizarán de acuerdo a los programas establecidos por el Consejo de
Educación Secundaria. Asimismo se ajustarán a las decisiones de ese
organismo los procedimientos y actividades docentes tales como: sistemas
de promociones, exámenes, etc.
El Comando General del Ejército, antes del 1ro. de marzo de cada año,
determinará qué cursos de los establecidos en el numeral II, literal B),
se dictarán al año siguiente, lo que será puesto en conocimiento de los
interesados.
V.- Los alumnos, además de cursar los estudios que se revalidan por los
correspondientes del Consejo de Educación Secundaria y de aprobar los
exámenes correspondientes al curso especial de Educación Física, se
encuentran en las siguientes condiciones:
A.- Con un promedio de asistencia a la instrucción pre-militar no inferior
al 80% en cada año y cumpliendo los períodos prácticos de instrucción que
se dispongan, podrán disputar las becas reservadas a los alumnos
procedentes del Liceo Militar "General Artigas" para ingreso a las
Escuelas de Formación de Oficiales, de acuerdo a las reglamentaciones
particulares de dichos institutos.
B.- Con un promedio de asistencia a la instrucción pre-militar no inferior
al 80% y cumpliendo los períodos de práctica dispuestos, se dará por
cumplido lo establecido en el artículo 10 de la Ley 9.943 de 20 de julio
de 1940.
C.- Si el alumno computa un porcentaje de inasistencias a la instrucción
mayor del 20% o no concurra a las prácticas de fin de cursos sin causa
justificada, no podrá permanecer en el Instituto.
CONDICIONES DE INGRESO
VI.- Los Aspirantes a ingreso podrán ser de ambos sexos y deberán cumplir
las siguientes exigencias:
A.- Ser soltero sin descendencia y mantener dicho estado durante su
permanencia como alumno.
B.- Ser menor de 18 años al 1ro. de marzo del año de ingreso, para cursar
eventualmente 4to. año; y edades correlativas crecientes para ingresar a
los cursos superiores respectivos.
C.- No mantener a la fecha de ingreso al Liceo Militar, materias previas
de aprobación del curso precedente al que se pretende realizar en el
Instituto.
D.- No podrán presentarse a ingresar al Instituto aquellos estudiantes que
fueran repitientes en el mismo año que pretendan cursar.
E.- No haber sido "baja" del Instituto.
F.- Presentar la solicitud de inscripción para ingreso en el plazo que
anualmente determine la Dirección del Instituto, a la que se adjuntará la
documentación requerida a esos efectos.
G.- Rendir examen de admisión presentando en el examen médico la
declaración jurada de antecedentes médicos y ficha médica de la Comisión
Nacional de Educación Física o equivalente con validez de dos años.
H.- Obtener beca, acorde a lo establecido en el "Reglamento de Exámenes de
Ingreso" al Liceo Militar "General Artigas", el que será aprobado y
publicado anualmente por el Comando General del Ejército.
DE LAS PRUEBAS DE ADMISION Y DE LAS BECAS
VII.- El concurso de admisión constará de las siguientes pruebas, las que
tendrán carácter de eliminatorias una a una:
A.- Examen Médico.
B.- Examen Odontológico.
C.- Examen Psicológico.
D.- Examen de Aptitud Física.
E.- Examen de Matemáticas.
F.- Examen de Idioma Español y Literatura.
VIII.- El número de becas, así como la asignación de internos y externos,
se establecerá anualmente por el Comando General del Ejército en
consideración a la Fuerza efectiva total y será cubierta de acuerdo a lo
que se establezca oportunamente.
IX.- Las exigencias y/o programas de las distintas pruebas estarán a
disposición de los eventuales interesados por lo menos con seis meses de
anterioridad al día previsto para el comienzo de las respectivas
solicitudes de inscripción.
PRESCRIPCIONES GENERALES
X.- Los alumnos que durante su pasaje por este Liceo no cumplan con los
requisitos exigidos para aprobar el año que cursa, es decir que pasen a la
categoría de repitientes, serán dados de baja. Sólo en casos excepcionales
la Dirección del Liceo Militar "General Artigas" podrá considerar la
permanencia de los mismos como alumnos.
De existir repitientes, éstos no podrán tener el beneficio del pase
directo a las Escuelas de Formación de Oficiales.
XI.- Los postulantes que obtengan becas ingresarán al Instituto el día que
se designe oportunamente. Se considerará eliminado todo postulante que no
se presente en la fecha y hora dispuestas, salvo causa muy justificada a
criterio de la Dirección.
XII.- Todo efecto que hubiese sido entregado a un alumno durante su
permanencia en el Instituto deberá ser reintegrado en buenas condiciones
cuando se le solicite y/o previamente a su baja o egreso.
XIII.- Los desperfectos de cualquier orden en instalaciones, materiales
docentes, equipos, vestuario, etc. ocasionados por omisión o negligencia
de los alumnos serán subsanados con cargo a los responsables,
subsidiariamente de los padres o tutores. En caso de tratarse de falta
deliberada podrán ser dados de baja del Liceo, sin perjuicio de la posible
responsabilidad pecuniaria.
XIV.- La solicitud de ingreso implica por parte del alumno y
solidariamente por la de su padre, madre o tutor legal, el compromiso de
aceptar íntegramente el régimen docente, administrativo y disciplinario
del Liceo. A este fin, se facilitará la adquisición o consulta de los
reglamentos del Instituto.
XV.- Los alumnos quedan obligados a someterse a todas las vacunaciones así
como a adoptar las medidas profilácticas y de higiene que, por
recomendación del Servicio Sanitario se estimen convenientes.
XVI.- El alumno que finalice el año lectivo respectivo y no continúe sus
estudios en el Instituto, mantendrá la calidad de estudiante de acuerdo a
lo prescripto por el Consejo de Educación Secundaria, cesando la calidad
de alumno del Instituto con la clausura del curso, en lo referente a los
derechos y obligaciones que se adquieren al ingresar a la Institución
conforme a los reglamentos de la misma.
XVII.- Los padres, tutores, guardadores y en general los responsables del
alumno, al aceptar las normas precedentes contraen la obligación moral de
colaborar en todo lo posible con el normal funcionamiento del Liceo.
XVIII.- Todo asunto o aspecto no previsto en la normativa precedente, será
resuelto por la Dirección del Liceo Militar "General Artigas".".
Ayuda