Aprobado/a por: Decreto Nº 308/012 de 07/09/2012 artículo 1.
 Artículo 1.- Sustitúyase el artículo 25° del Decreto N° 762/978 de fecha 27 de diciembre de 1978, por el siguiente: "Los Tribunales de Concurso serán integrados por funcionarios y/o ex funcionarios de la Dirección Nacional de Deporte o cualquiera de sus predecesoras institucionales, quienes actuarán en forma honoraria, debiendo poseer, como mínimo, dos grados de jerarquía superior presupuestal u orgánico o un grado y no 
menos de tres años de antigüedad en dicho grado, con respecto al cargo 
que se concursa. En caso de ex funcionarios dichas condiciones se evaluarán respecto del último grado ocupado al momento de su cese por jubilación o renuncia. (*)

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 762/978 de 27/12/1978 artículo 25.
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