Aprobado/a por: Decreto Nº 292/022 de 15/09/2022.
   Artículo 1.- Deróganse los Artículos 29.1.10 y 29.1.11 de la Sección 1 -Definiciones para alimentos modificados en su composición glucídica del Capítulo 29, Alimentos Modificados, del Reglamento Bromatológico Nacional, aprobado por el Decreto 315/994, de 5 de julio de 1994 y el artículo 4 del Decreto 278/009, de 8 de junio de 2009.
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