Aprobado/a por: Decreto Nº 173/018 de 11/06/2018.
   Artículo 4.- Modifícase el artículo 78 del Reglamento Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto N° 27/996 del 6 de febrero de 1996, el que quedará redactado de la siguiente manera:

   "Artículo 78.- Al Departamento de Asuntos Especiales compete el estudio, análisis y seguimiento de los siguientes temas: Narcotráfico, Terrorismo, Refugiados y todo otro tema político especial que le sea asignado; preparar análisis de base, elevar recomendaciones e instrucciones sobre dichos temas."

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 27/996 de 06/02/1996 artículo 78.
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