MODIFICACION AL REGLAMENTO GENERAL DE CONCURSOS Y PRUEBAS HIPICAS PARA EL EJERCITO
Aprobado/a por: Decreto Nº 127/983 de 26/04/1983 artículo 1.
Artículo 1.- Modifícase el artículo 8 del Reglamento General de Concursos
y Pruebas Hípicas del Ejército aprobado por decreto 252/972, de fecha 11
de abril de 1972, en la redacción dada por el decreto 595/981, de
fecha 1º de diciembre de 1981, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 8. La Comisión estará integrada por un señor General
procedente del Arma de Caballería o Artillería, quien la presidirá; los
Inspectores de las Armas de Caballería y Artillería; el Director del
Servicio Veterinario y de Remonta; un Delegado por División de Ejército;
el Comandante de la Artillería Divisionaria I; el Jefe del Regimiento
"Blandengues de Artigas" de Caballería Nº 1, quien actuará como
Delegado de los Institutos, Unidades y Servicios dependientes del
Comando General del Ejército; el Director de la Escuela de Equitación
del Ejército, como Vocales y un Jefe, Secretario General. Será
integrante además, el Inspector del Arma Ingenieros cuando miembros de
esa Arma participen en pruebas organizadas por la Comisión".
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