MODIFICACION AL REGLAMENTO DE LOS TRIBUNALES DE HONOR DE LAS FUERZAS ARMADAS
Aprobado/a por: Decreto Nº 125/001 de 09/04/2001 artículo 1.
Artículo 1.- Incorpórase al Reglamento de los Tribunales de Honor de
las Fuerzas Armadas aprobado por Decreto 55/985 de 8 de febrero de 1985,
el siguiente artículo:
"Artículo 55 bis.- Cuando se produzcan hechos que den motivo a la
intervención de un Tribunal de Honor, para Oficiales Generales de las
Fuerzas Armadas en situación de retiro, tanto sea de una Fuerza o
simultáneamente de más de una Fuerza, se integrarán los siguientes
Tribunales de Honor Eventuales:
A).- En los hechos en que hayan intervenido Oficiales de más de una de
las Fuerzas del Grado de Teniente General o General o sus equivalentes,
entenderá un Tribunal de Honor Eventual designado por el Señor Presidente
de la República en acuerdo con el Señor Ministro de Defensa Nacional e
integrado por tres Tenientes Generales o sus equivalentes en situación de
retiro y con los mismos requisitos y condiciones para los Miembros de los
Tribunales Especiales de Honor.
B).- En los hechos en que hayan intervenido Oficiales del Grado de
Teniente General o Vice-Almirante, entenderá un Tribunal de Honor
Eventual designado por el Señor Presidente de la República en acuerdo con
el Señor Ministro de Defensa Nacional e integrado por tres ex Comandantes
en Jefe en situación de retiro y con los mismos requisitos y condiciones
para los Miembros de los Tribunales Especiales de Honor."
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 55/985 de 08/02/1985 (Artículo 55
bis).
Ayuda