Aprobado/a por: Decreto Nº 102/999 de 12/04/1999 artículo 1.
   Artículo 2.- Sustitúyese los numerales 3.30, 3.31, 5.16 y 5.33 del
Reglamento de Uniformes del Ejército (R.G. 29-4) creándose los  subnumerales correspondientes, los cuales quedarán redactados de la
siguiente manera:
"3.30 Mameluco.-
3.30.1 Mameluco de mecánico (Lámina 48a).-
Corresponde a instrucción y trabajo para fracciones blindadas o
mecanizadas y todo otro especialista cuyas funciones lo justifiquen.-
3.30.2 Mameluco de tanquista (Lámina 91 fig. B).-
Corresponde a instrucción, trabajo y ceremonial militar en fracciones
mecanizadas o blindadas, para todo personal especialista cuyas funciones
lo justifiquen.-
3.31. Pañuelo.-
3.31.1 Pañuelo de color gris.-
Su uso corresponde al personal paracaidista con los uniformes de cuartel
y campaña, siempre que se use la boina (Lámina 48a).-
3.31.2 Pañuelo de color verde oliva.-
Su uso corresponde al personal de fracciones mecanizadas y blindadas en
instrucción, ceremonial y campaña con el mameluco (Lámina 91 fig. C.).-
5.16 Casco.-
5.16.1 Casco de motonetista.-
Compuesto de fibra de vidrio, en color negro, con forro de espuma plast
revestido en percalina con guata sintética.-
Mentonera formando una sola pieza con el casco, ajustado a la cabeza con
cinta de ajuste remachada, presentando una pieza de propeanato
transparente que oficiará de antiparra.-
5.16.2 Casco de tanquista.-
Equipo de casco-pecho del equipo de comunicaciones (según sea la dotación
de la unidad), con los dispositivos y conexiones necesarias para la
intercomunicación entre los tripulantes del vehículo. Será complementado
con antiparras.-
Su uso se ajustará a las actividades de instrucción, trabajo, campaña y
ceremonial militar.-
5.33 Mameluco.-
5.33.1 Mameluco de mecánico (Lámina 48a).-
Confeccionado en tela de color verde oliva.-
Cuello volcado de un ancho de 6 cm en su parte posterior y 8 cm en las
puntas.-
Busto formado de dos delanteros y espalda con costura al centro. Los
delanteros son iguales, el izquierdo en su borde lleva una cartera de la
misma tela con cinco ojales ocultos, en el derecho los botones
correspondientes.-
Llevan ambos delanteros un bolsillo plaqué, con pliegue en el centro de 3
cm y cartera terminada en punta con ojal que cierra en botón.-
La espalda formada de dos piezas iguales se unirá a los delanteros por
costuras laterales sobrecosidas, con dos fuelles y elástico a la
cintura.-
Mangas de corte corriente, llevando a 8 cm de la boca manga una presilla
con dos ojales, para el ajuste de la misma en su parte inferior.-
Llevará en el hombro presillas prendidas con velero para la colocación de
hombreras con atributo jerárquico.
En la cintura llevará cuatro presillas para dar paso al cinturón de 45
cm.-
En la parte inferior, pantalón compuesto por dos delanteros y dos
traseros, unidos lateralmente por costuras sobrecosidas, de corte recto y
amplio, cuya parte superior va cosida al busto exactamente sobre la línea
del talle. En cada delantero llevará un bolsillo plaqué de entrada
inclinada de 13 cm de ancho y una profundidad de 18 cm.-
En cada trasero lleva un bolsillo plaqué de corte recto. En la parte
inferior del pantalón a una altura de 8 cm del ruedo, lleva una presilla
de 4 cm con tres ojales para el ajuste del pantalón.-
5.33.2 Mameluco de tanquista (Lámina 91).-
Será confeccionado en forma similar al anterior, modificando bolsillos
plaqué por bolsillos internos con cierre y la unión de los delanteros con
doble cierre metálico, no llevando presillas para cinturón, ni cinturón.
En la parte inferior de las piernas llevará cierres para permitir el
ajuste del mismo.-
Dispondrá de una correa de extracción, bajo cierre, en el busto (parte
posterior)".-

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 686/991 de 17/12/1991 capítulo 3 
Numerales 3.30, 3.31 y 5 5.16 y 5.33.
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