Fecha de Publicación: 30/03/2022
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Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 8

   (Locales): El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial mantendrá, las oficinas en donde se encuentran las entonces unidades ejecutoras 004 "Dirección Nacional de Medio Ambiente" y 005 "Dirección Nacional de Aguas" del Inciso 14, "Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial", ubicadas en Montevideo, haciéndose cargo el primero en lo que corresponda, de los gastos de limpieza, electricidad, agua potable, telefonía, mantenimiento, seguridad y otras relacionadas, hasta el 31 de diciembre de 2021.
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