Fecha de Publicación: 30/03/2022
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Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 13

   (Transición): Dispónese que, hasta el 31 de diciembre de 2021, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial continuará prestando servicio al Ministerio de Ambiente respecto a las redes, mantenimiento de la cuenta de multas con cuotas pendientes de pago y de control de las Auditorías Destacadas de la Contaduría General de la Nación y del Tribunal de Cuentas de la República, sin perjuicio de continuar brindando asistencia, a requerimiento del Ministerio de Ambiente.
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