Decreto 972/975
Se fijan las tasas relativas a los servicios postales en los regímenes interno e internacional.
Ministerio de Industria y Energía.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 18 de diciembre de 1975.
Visto: estos antecedentes en los que la Dirección Nacional de Correos,
solicita la modificación de las tarifas postales internas e
internacionales vigentes.
Considerando: I) Que las actuales tarifas postales del régimen interno
fueron fijadas por decreto 320/974 de 20 de abril de 1974, estando por
tanto sus valores totalmente desactualizados, lo que origina un crecido
déficit en la explotación de los servicios postales con la consiguiente
incidencia sobre el presupuesto de la Administración del Estado;
II) Que en lo que se refiere al Correo Internacional resulta necesario
actualizar el valor del franco oro, moneda de base para la liquidación de
cuentas internacionales, elevándolo de N$ 0.99 a N$ 1.10 en razón de las
variaciones experimentadas en la cotización del dólar norteamericano desde
enero de 1975 hasta la fecha;
III) Que como consecuencia de lo anterior es preciso efectuar las
correspondientes correcciones de las tasas postales internas e
internacionales, estas últimas con sujeción a las disposiciones tarifarias
contenidas en el Convenio de la Unión Postal Universitaria, ratificado por
ley 14.303, de 26 de noviembre de 1974;
IV) Que por decreto 494/975 del 18 de junio de 1975 se autorizó a la
Dirección Nacional de Correos a implantar el servicio de encomiendas para
el exterior, lo que requiere facultar al citado instituto para que fije
las tarifas correspondientes a ese Servicio sobre la base de los montos
establecidos en francos oro en el Acuerdo de Encomiendas de la Unión
Postal Universal.
Atento: a lo expuesto, lo informado por la Dirección Nacional de Correos,
lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Industria y
Energía y lo establecido por las disposiciones vigentes en la materia,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjanse las tasas relativas a los servicios postales en los regímenes
interno e internacional de acuerdo con los importes que en cada caso se
establecen:
TARIFAS POSTALES
Clases de Envío Carta
Interior
Escala de peso Local U.P.A.E. U.P.U.
Hasta 20 gr............................... 0.20 0.30 0.60
De más de 20 hasta 100 gr........... 0.50 0.70 1.40
De más de 100 hasta 250 gr........... 1.10 1.60 3.00
De más de 250 hasta 500 gr........... 2.00 3.00 5.50
De más de 500 hasta 1.000 gr........... 3.40 5.00 9.00
De más de 1.000 hasta 2.000 gr........... 5.40 8.00 14.00
Tarjeta Postal
Hasta 20 gr............................... 0.20 0.20 0.40
Impresos
Interior
Local U.P.A.E. U.P.U.
Hasta 20 gr............................... 0.10 0.20 0.30
Impresos
Interior
Escala de Peso Local U.P.A.E. U.P.U.
De más de 20 hasta 100 gr........... 0.50 0.70 1.40
De más de 100 hasta 250 gr........... 1.10 1.60 3.00
De más de 250 hasta 500 gr........... 2.00 3.00 5.50
De más de 500 hasta 1.000 gr........... 3.40 5.00 9.00
De más de 1.000 hasta 2.000 gr........... 5.40 8.00 14.00
Por escalafón suplementario de 1.000 gr.o
fracc..................................... 0.60 1.00 1.80
Tasas bonificadas de impresos
Impresos de Interés General (decretos del Poder Ejecutivo de 9/3/948;
16/1/951; 18/9/956 y 1.141/971).
El 50% aplicable a los impresos en general. Prensa periodística y
revistas editadas en Montevideo y correspondencia con información a prensa
del interior del país depositada por los propios editores, impresores o
sus representantes o por la Organización de Prensa del Interior (decreto
del 12/11/957): Sistema de franqueo a pagar, por cada 100 gr. o fracción
N$ 0.05.
Prensa periodística editada en el interior del país y que se entrega al
Correo para ser distribuida dentro del país y siempre que fuere remitida
por los propios editores: Gratis.
Diarios, periódicos y revistas impuestas con Porte Pago (leyes del 6/2/15
y su reglamentación del 20/3/15 y modificativa del 8/7/37): por cada kg. o
fracción N$ 0.10.
Cecogramas
Régimen interno, UPAE y UPU: Gratis.
Pequeño paquete
Régimen Regímenes
Escala de Peso Interno U.P.U. y U.P.A.E.
Hasta 100 gr.............................. 0.30 0.60
De más de 100 hasta 250 gr........... 0.60 1.10
De más de 250 hasta 500 gr........... 1.00 1.80
De más de 500 hasta 1.000 gr........... 2.00 3.00
De más de 1.000 hasta 2.000 gr........... 3.00 ----
Certificados: por cada envío certificado se percibirá:
A) Tasa ordinaria que corresponda según la clase del envío, más:
B) Tasa especial de N$ 0.40 (Régimen interno) o Tasa especial de N$ 0.60
(Regímenes U.P.U. y U.P.A.E.).
Expreso: en el intercambio con la Argentina este servicio se efectuará
por certificado, con asunción de responsabilidad en caso de pérdida según
lo acordado por las administraciones postales de Uruguay y de es país
sobre la base de reciprocidad.
Valor declarado: por cada carta o cada valor declarado se percibirá:
A) Tasa ordinaria que corresponda, más:
B) Tasa de certificado, más:
C) Tasa de seguro: cada N$ 1.00 o fracción hasta N$ 50.00: N$ 0.10.
Encomiendas: regímenes U.P.U. y U.P.A.E. por cada encomienda recibida del
exterior:
Tasa de trámite aduanero: N$ 0.80.
Tasa de almacenaje, por cada 15 días que excedan del plazo reglamentario
de retiro: N$ 1.00.
El importe máximo en concepto de almacenaje no podrá exceder de N$ 10.00.
Tasa suplementaria para los avisos:
- Dirigidos a Montevideo: N$ 0.20.
- Dirigidos al interior: N$ 0.30.
TASAS POSTALES DEL SERVICIO AEREO
Grupo 1: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile y Paraguay
Tarjetas Pequeños
Escala de peso Cartas Postales Impresos Paquetes
Hasta 10 gr....................... 0.50 0.35 0.27 0.62
De más de 10 hasta 20 gr.... 0.55 ---- 0.29 0.64
De más de 20 hasta 30 gr.... 1.20 ---- 0.45 0.65
De más de 30 hasta 40 gr.... 1.25 ---- 0.47 0.67
De más de 40 hasta 50 gr.... 1.30 ---- 0.49 0.69
De más de 50 hasta 75 gr.... 1.45 ---- 0.54 0.74
De más de 75 hasta 100 gr.... 1.61 ---- 0.57 0.77
De más de 100 hasta 150 gr.... 3.07 ---- 0.81 1.36
De más de 150 hasta 200 gr.... 3.35 ---- 0.90 1.45
De más de 200 hasta 250 gr.... 3.66 ---- 1.11 1.56
De más de 250 hasta 500 gr.... 6.41 ---- 1.76 2.56
De más de 500 hasta 750 gr.... 10.67 ---- 2.93 4.43
De más de 750 hasta 1.000 gr.... 12.08 ---- 3.40 4.90
De más de 1.000 hasta 1.500 gr.... 18.61 ---- 5.34 ----
De más de 1.500 hasta 2.000 gr.... 24.44 ---- 6.28 ----
De más de 2.000 hasta 3.000 gr.... ----- ---- 9.38 ----
De más de 3.000 hasta 4.000 gr.... ----- ---- 12.48 ----
De más de 4.000 hasta 5.000 gr.... ----- ---- 15.58 ----
Grupo II - América excluidos Canadá y Estados
Unidos de Norte América y los países del Grupo I
Tarjetas Pequeños
Escala de peso Cartas Postales Impresos Paquetes
Hasta 10 gr....................... 0.63 0.48 0.31 0.66
De más de 10 hasta 20 gr.... 0.81 ---- 0.37 0.72
De más de 20 hasta 30 gr.... 0.59 ---- 0.58 0.78
De más de 30 hasta 40 gr.... 1.77 ---- 0.64 0.84
De más de 40 hasta 50 gr.... 1.95 ---- 0.70 0.90
De más de 50 hasta 75 gr.... 2.47 ---- 0.88 1.08
De más de 75 hasta 100 gr.... 2.88 ---- 1.01 1.21
De más de 100 hasta 150 gr.... 5.05 ---- 1.47 2.02
De más de 150 hasta 200 gr.... 6.06 ---- 1.81 2.36
De más de 200 hasta 250 gr.... 7.18 ---- 2.18 2.73
De más de 250 hasta 500 gr.... 12.38 ---- 3.71 4.51
De más de 500 hasta 750 gr.... 20.22 ---- 6.11 7.61
De más de 750 hasta 1.000 gr.... 25.30 ---- 7.80 9.30
De más de 1.000 hasta 1.500 gr.... 38.45 ---- 11.95 ----
De más de 1.500 hasta 2.000 gr.... 48.60 ---- 15.40 ----
De más de 2.000 hasta 3.000 gr.... ----- ---- 22.90 ----
De más de 3.000 hasta 4.000 gr.... ----- ---- 30.40 ----
De más de 4.000 hasta 5.000 gr.... ----- ---- 37.90 ----
Grupo III - Canadá, Estados Unidos de Norte
América, Europa, Africa, Asia y Oceanía
Tarjetas Pequeños
Escala de peso Cartas Postales Impresos Paquetes
Hasta 10 gr....................... 0.83 0.68 0.38 0.73
De más de 10 hasta 20 gr.... 1.21 ---- 0.51 0.86
De más de 20 hasta 30 gr.... 2.19 ---- 0.78 0.98
De más de 30 hasta 40 gr.... 2.57 ---- 0.91 1.11
De más de 40 hasta 50 gr.... 2.95 ---- 1.04 1.24
De más de 50 hasta 75 gr.... 3.96 ---- 1.37 1.57
De más de 75 hasta 100 gr.... 4.80 ---- 1.65 1.85
De más de 100 hasta 150 gr.... 7.92 ---- 2.43 2.98
De más de 150 hasta 200 gr.... 10.00 ---- 3.12 3.67
De más de 200 hasta 250 gr.... 12.30 ---- 3.89 4.44
De más de 250 hasta 500 gr.... 20.90 ---- 6.55 7.35
De más de 500 hasta 750 gr.... 34.05 ---- 10.72 12.22
De más de 750 hasta 1.000 gr.... 44.46 ---- 14.19 15.69
De más de 1.000 hasta 1.500 gr.... 67.20 ---- 21.54 ----
De más de 1.500 hasta 2.000 gr.... 88.00 ---- 28.47 ----
De más de 2.000 hasta 3.000 gr.... ----- ---- 42.36 ----
De más de 3.000 hasta 4.000 gr.... 88.00 ---- 56.25 ----
De más de 4.000 hasta 5.000 gr.... ----- ---- 70.14 ----
Aerograma: Grupos II y III, N$ 0.75.
Límites de peso y dimensiones de los envíos de
correspondencia
1) Límites de pesos:
Cartas Régimen interno o internacional 2 Kg.; Impresos: Régimen interno y
U.P.A.E. 10 Kg. EE.UU. 15 Kg.; Régimen U.P.U. 2 Kg.; Régimen U.P.U. Libros
5 Kg.
2) Límites de dimensiones:
Cartas, impresos, cecogramas y pequeños paquetes:
Máximo: largo, ancho y alto sumados, 90 cm. sin que la mayor dimensión
pueda exceder de 60 cm.
En forma de rollo: largo más dos veces el diámetro, 104 cm., sin que la
mayor dimensión pueda exceder de 90 cm.
Mínimo: tener un frente cuyas dimensiones no sean inferiores a 9 x 14 cm.
En forma de rollo: largo más dos veces el diámetro, 17 cm. sin que la
mayor dimensión sea inferior a 10 cm.
Los envíos con dimensiones inferiores a las mínimas fijadas
precedentemente, se admitirán siempre que lleven adherida una etiqueta de
cartulina o de papel resistente cuyas dimensiones no sean inferiores a 9 x
14 cm.
Máxima 10 x 15 cm.
Mínima 9 x 14 cm.
SERVICIOS ADICIONALES Y ESPECIALES
Por los servicios que se detallan a continuación se percibirán las tasas
que en cada caso se indica:
1) Ultima hora (sólo para cargas y tarjetas postales ordinarias): Primer
porte de cada categoría según envío.
2) Aviso de recibo de certificado o encomienda:
Régimen interno: N$ 0.30.
Régimen exterior: N$ 0.60.
3) Aviso de recibo solicitado con posterioridad al depósito:
Régimen interno, N$ 0.60.
Régimen internacional: N$ 1.20.
4) Entrega en poste restante y listas: N$ 0.30.
5) Registro de cambio de domicilio, válido 6 meses: N$ 1.00.
6) Almacenaje, por cada día subsiguiente a 5 días de depósito posteriores
a la entrega del aviso, de impresos o pequeños paquetes que exceden a
500 gr. por cada unidad: N$ 0.10.
7) Tasa de entrega en domicilio de pequeños paquetes de más de 500 gr.:
N$ 0.50.
8) Envíos sometidos a reconocimiento de aduana por cada uno: N$ 0.40.
9) Cupones respuesta internacional: Venta N$ 1.00; Canje N$ 0.60.
10) Casilla de Correos:
Abono por un año, módulo chico, N$ 22.00; módulo mediano, N$ 32.00;
módulo grande N$ 42.00.
Abono por 6 meses: módulo chico, N$ 12.00; módulo mediano, N$ 17.00;
módulo grande, N$ 22.00.
Abono por 3 meses: módulo chico, N$ 7.00; módulo mediano, N$ 9.50; módulo
grande, N$ 12.00.
Reposición de llave extraviada: N$ 2.00.
11) Aparato especial, por año: N$ 30.00.
12) Abono rural por año: N$ 30.00.
13) Libreta para el servicio de porte pago, cada una: N$ 3.00.
14) Libreta especial para certificada, cada una: N$ 2.00.
15) Reclamaciones, pedidos de informes y modificación de dirección:
Régimen interno: N$ 0.60.
Régimen internacional: N$ 1.20.
Indemnización por pérdida de envíos certificados:
Régimen interno: N$ 15.00.
Régimen internacional: conforme a lo establecido en el convenio U.P.U.
Multas e infracciones:
Por introducir correspondencia epistolar en envíos que no sean cartas,
por cada envío en infracción: N$ 5.00.
Por el transporte de correspondencia por particulares cuando la misma no
lleve el franqueo postal correspondiente, por cada envío en infracción:
N$ 5.00.
Por las dirigidas al interior del país, N$ 10.00.