Fecha de Publicación: 29/04/2024
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

                               Decreto 97/024

Apruébase el "Protocolo Integrado de Mercancías Peligrosas".
(1.529*R)

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
         MINISTERIO DE AMBIENTE

                                            Montevideo, 4 de Abril de 2024

   VISTO: la necesidad de desarrollar una gestión integral y coordinada del tratamiento de las mercancías peligrosas, que permita minimizar los posibles riesgos para la salud de las personas o afectaciones a los bienes de significación y el ambiente;

   RESULTANDO: I) que por Decreto N° 81/021, de 8 de marzo de 2021, se creó la Mesa de Análisis de Sustancias Peligrosas (MASPEL) en el ámbito del Sistema Nacional de Emergencias (SINAE);

   II) que dicha "Mesa" se abocó al estudio de la normativa referida al ingreso y traslado de las mercancías peligrosas, así como de los controles que existen respecto del consumo, desecho y destrucción de las mismas;

   CONSIDERANDO: I) que la MASPEL entendió oportuno la creación de un Protocolo que reuniera todas las disposiciones que rigen en la materia, con el fin de que todas las instituciones con competencia en mercancías peligrosas tuvieran igual acceso y conocimiento de la misma;

   II) que resulta necesario uniformizar el accionar de las instituciones antes referidas;

   III) que a tales efectos se estima pertinente la aprobación de una norma de carácter general que regule dicho accionar;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los artículos 1, 2, 16 y 17 de la Ley N° 18.621, de 25 de octubre de 2009, su Decreto reglamentario, N° 65/020, de 17 de febrero de 2020 y el artículo 2 del Decreto N° 81/021, de 8 de marzo de 2021;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el "Protocolo Integrado de Mercancías Peligrosas", que obra adjunto y forma parte del presente Decreto.


		
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