(Artículos 3, 5, 6 y 7) anulado por sentencia del Tribunal de lo
Contencioso Administrativo con efectos generales y absolutos: Sentencia
TCA Nº 954/017 de 05/12/2017.
Artículo 2
(Coordinación). Sin perjuicio de los cometidos específicos de la Dirección Nacional de Aduanas y del Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio, ambos organismos actuarán en directa coordinación para el mejor cumplimiento de sus cometidos.