Decreto 96/012
Apruébase la racionalización de los procedimientos administrativos
referentes a la planificación, reclutamiento y selección de personal, en
los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional.
(557*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 27 de Marzo de 2012
VISTO: Los procedimientos administrativos de planificación, reclutamiento
y selección de personal al amparo de lo dispuesto por los artículos 47,
50, 51, 53 y 54 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, en los
Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional.
RESULTANDO: Que los mismos conllevan diversos trámites, así como la
intervención de distintos organismos, tales como la Oficina Nacional del
Servicio Civil, el Inciso correspondiente, el Ministerio de Economía y
Finanzas, la Contaduría General de la Nación y la Secretaría de la
Presidencia de la República.
CONSIDERANDO: Que resulta imprescindible racionalizar los procedimientos
administrativos, tendiendo a la simplificación de los trámites y
determinando el alcance y plazos en que actuará cada uno de los organismos
en cada una de las etapas.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Apruébase la Racionalización de los procedimientos administrativos
referentes a la planificación, al reclutamiento y selección de personal al
amparo de lo dispuesto por los artículos 47, 50, 51, 53 y 54 de la Ley N°
18.719, de 27 de diciembre de 2010, en los Incisos 02 al 15 del
Presupuesto Nacional, que luce agregado como Anexo.
Comuníquese, publíquese, etc.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; LUIS ALMAGRO;
FERNANDO LORENZO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; OSCAR GÓMEZ; ENRIQUE
PINTADO; ROBERTO KREIMERMAN; NELSON LOUSTAUNAU; JORGE VENEGAS; TABARÉ
AGUERRE; HÉCTOR LESCANO; GRACIELA MUSLERA; DANIEL OLESKER.
ANEXO. RACIONALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE
PLANIFICACIÓN, RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL EN LOS INCISOS 02 AL
15 DEL PRESUPUESTO NACIONAL
I) ETAPA DE PLANIFICACIÓN:
1- INCISO: planifica necesidades de recursos humanos y envía Plan
Anual por expediente a la ONSC -Área de Estrategias y Desarrollo de
Gestión Humana-, para su aprobación.
Plazo: en el segundo semestre de cada año.
2- ONSC- ÁREA DE ESTRATEGIAS Y DESARROLLO DE GESTIÓN HUMANA: aprueba
la planificación entregada por los Incisos, comprendiendo el análisis
y evaluación de cantidad, descripción del puesto, tipo de vínculo,
nivel/categoría, remuneración, entre otros aspectos.
Plazo hasta el 1° de marzo de cada año.
II) ETAPA DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN
3- INCISO: plantea a la ONSC -Área de Estrategias y Desarrollo de
Gestión Humana- la necesidad de recursos humanos por expediente y
por llamado, con la siguiente carátula: "Solicitud de recursos
humanos para Llamado...", a efectos de concretar la planificación
enviada con anterioridad, o en caso de situaciones urgentes y no
previstas.
4- El ÁREA DE ESTRATEGIAS Y DESARROLLO DE GESTIÓN HUMANA, controla y
si no existen observaciones, pasa el expediente a URUGUAY CONCURSA.
Plazo: de hasta 5 días hábiles.
5- ONSC- URUGUAY CONCURSA:
A) Elabora las Bases del Llamado y las envía al Inciso para su
aprobación.
- Cuando se trate de vínculos al amparo del artículo 50 Ley N° 18.719
(provisoriato), deberá dejar constancia de que no hay perfiles en la
lista de personal a redistribuir.
Plazo: hasta 5 días hábiles.
B) Si el Inciso plantea observaciones a las Bases del Llamado enviadas
por la ONSC- Uruguay Concursa, ésta convocará a una instancia de
reunión para definir y establecer definitivamente las Bases del
Llamado. Luego las envía al Inciso.
Plazo: hasta 10 días hábiles.
Si en el plazo de 10 días hábiles, a contar del día hábil siguiente a la
recepción de las Bases, el Inciso no realiza observaciones, pero tampoco
las aprueba, se considerará por desistida la solicitud y deberá iniciar
nuevamente el trámite.
C) Designa su representante en el Tribunal, titular y alterno, y lo
comunica al Inciso.
Plazo: en el lapso de elaboración y definición de las Bases (hasta 5 ó
hasta 10 días hábiles).
6- INCISO:
A) Incorpora al expediente:
- Informe conjunto del Gerente Financiero y Cr. Central sobre la
existencia del crédito para el gasto y del puesto de trabajo;
- Bases del Llamado;
- Resolución del Ministro que aprueba el Llamado y las Bases, y
designa el Tribunal.
B) Notifica al Tribunal, quien deberá constituirse y definir los
criterios de evaluación.
Plazo: hasta 5 días hábiles para A) y B).
C) Remite expediente a la ONSC.
7- ONSC- URUGUAY CONCURSA:
A) En un plazo de hasta 2 días hábiles debe publicar el Llamado en el
portal (Resolución y Bases del Llamado con perfil del puesto) y
comunicar (vía correo electrónico) al Inciso para que realice las
otras publicaciones.
Plazo de las publicaciones: hasta 15 días corridos (artículo 11
Ley N° 18.362, en la redacción dada por el artículo 4 de la Ley
N° 18.834).
B) Finalizadas las inscripciones se realiza la preselección y URUGUAY
CONCURSA remite el expediente al INCISO para que lo entregue al
Tribunal del Concurso.
Plazo: hasta 5 días hábiles.
8- TRIBUNAL DEL CONCURSO: continúa desarrollando el trabajo (estudio
de méritos, realización de entrevistas, psicotécnico, elaboración de
Actas, etc.).
Plazo: hasta 40 días corridos en caso de Concurso de Méritos y
Antecedentes y hasta 50 días corridos en caso de Concurso de
Oposición y Méritos.
Finalizada su tarea, en forma inmediata, deberá enviar el
expediente con el fallo del Concurso, al Jerarca del Inciso para
su homologación.
9- INCISO:
A) El Jerarca deberá homologar el fallo del concurso.
B) Notifica a los concursantes seleccionados;
C) Recaba la Declaración Jurada y demás comprobantes necesarios
para continuar con la contratación (ej: BPS, DGI, Caja de
Profesionales);
D) Elabora el Proyecto de Resolución autorizando la contratación por
parte del Poder Ejecutivo y recoge la firma del Ministro;
E) Elabora el proyecto de Contrato, cuando corresponda, que deberá
acompañar el Proyecto de Resolución;
F) Envía el expediente a la ONSC.
Plazo: hasta 10 días hábiles.
ONSC- URUGUAY CONCURSA:
- Agrega el informe del Registro General de Sumario con la constancia de
existencia o no de antecedentes sumariales, y consulta al R.V.E y al
S.G.H.
- Controla que la Resolución y proyecto de contrato coincidan con las
Bases, en especial: tipo de vínculo, remuneración, nivel/categoría, e
incompatibilidades.
- Envía el expediente al MEF para refrendo.
Plazo: hasta 5 días hábiles.
10- MEF:
- La CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, con el visto bueno lo eleva a
refrenda del MEF.
- La DIRECCIÓN GENERAL DE SECRETARÍA con la firma del Ministro lo
devuelve al INCISO correspondiente.
Plazo en MEF: hasta 10 días hábiles.
11- INCISO: es responsabilidad del Jerarca enviar el expediente para
el ACUERDO DEL PODER EJECUTIVO a la brevedad posible.
Presidencia firma la Resolución de contratación, excepto en caso de
Contratos laborales en donde firma sólo el Ministro del Inciso.
Firmado por el Presidente de la República, vuelve al Inciso.
Plazo: Asesoría Jurídica y Secretaría de Presidencia hasta 10 días
hábiles.
12- INCISO: suscribe el contrato con la persona seleccionada; da el
alta en la Seguridad Social, lo inscribe en el S.G.H. (R.V.E.);
publica en el sistema de reclutamiento y selección la Resolución de
contratación.
Plazo: hasta 5 días hábiles.