Fecha de Publicación: 22/03/2002
Página: 792-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 94/002

Desígnanse responsables por el pago de obligaciones tributarias de 
terceros a las empresas administradoras de crédito.
(881*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 19 de marzo de 2002
                                                                          
VISTO: Las facultades concedidas por el artículo 38º de la Ley Nº 17.453, 
de 28 de febrero de 2002 en materia de designación de responsables.-

CONSIDERANDO: conveniente ejercer la referida facultad para las empresas 
administradoras de crédito.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168º ordinal 4º de 
la Constitución de la República.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Desígnanse responsables por el pago de obligaciones tributarias de 
terceros a las empresas que, mediante tarjetas de crédito, de débito o de 
compra, órdenes de compra u otras modalidades similares, administren 
créditos interviniendo en las ventas de bienes y prestaciones de 
servicios, realizadas por terceros.-
La retención deberá verterse al mes siguiente al de la recepción del 
listado de operaciones presentadas al cobro en la administradora.-
El monto de la retención se determinará aplicando sobre el total de la 
operación original con impuestos incluidos, la alícuota del 6% (seis por 
ciento). Para los contribuyentes comprendidos en el literal E) del 
artículo 33º del Título 4 del Texto Ordenado 1996, la alícuota será del 
3% (tres por ciento) y para las Estaciones de Servicios, la tasa será del 
1% (uno por ciento).-
La Dirección General Impositiva queda facultada para disminuir el 
porcentaje de retención aplicable, ya sea en forma general o específica 
para determinadas operaciones, actividades, o contribuyentes en base a su 
reducida dimensión económica u otros índices que entienda adecuados.-

BATLLE, ALBERTO BENSION.


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