Fecha de Publicación: 12/12/1975
Página: 566-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

La exoneración de recargos dispuesta por normas reglamentarias especiales
para la importación de determinadas mercaderías, no alcanzará al recargo
establecido en el artículo 1º de este decreto.
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