Fecha de Publicación: 02/04/1997
Página: 2-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

   Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc. SANGUINETTI - JUAN ALBERTO MOREIRA.

REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Inciso: 02-Presidencia de la República
Unidad Ejecutora: 004 - Oficina de Planeamiento y Presupuesto

CAPITULO I: Objetivos estratégicos

 La Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) asesora al Poder 
Ejecutivo en la definición de la estrategia económica y social del Gobierno; en la formulación de los planes, programas y políticas nacionales y departamentales consistentes con ella; en la elaboración y evaluación, en base a indicadores de desempeño, de los proyectos del Presupuesto Nacional y Rendición de Cuentas; en el análisis y evaluación de los organismos del artículo 221 de la Constitución de la República; en la conducción de los procesos de modernización y reforma del Estado; y, 
en la planificación de las políticas de descentralización.

 Los nuevos cometidos asignados a esta Unidad Ejecutora por la
Constitución y la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, justifican la
reestructura organizativa y la jerarquización de las funciones con los
fines de: contribuir a mejorar y evaluar técnicamente la calidad y
eficiencia de la gestión pública centrada en resultados medibles en
términos de equidad en la atención y acceso de los usuarios a los
servicios públicos; y habilitar que el Estado sea más eficaz en su
acción reguladora y de control.

CAPITULO II: Cometidos

1. Cometidos sustantivos

  * Asesorar al Poder Ejecutivo en la formulación de los planes y
programas de desarrollo, así como en la planificación de las políticas
de descentralización que serán ejecutadas por el Poder Ejecutivo, Los
Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados y los Gobiernos
Departamentales.

 * Asesorar al Poder Ejecutivo, en la definición de los objetivos y
políticas a corto y largo plazo, y en cuanto a los resultados de su
aplicación a nivel sectorial.

 * Asesorar al Poder Ejecutivo en la elaboración de los proyectos de
leyes de Presupuesto Nacional y Rendiciones de Cuentas.

 * Diseñar e impartir las normas técnicas para la definición de los
sistemas de control de gestión de las unidades ejecutoras de los incisos
del Presupuesto Nacional.

 * Evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas programadas
de los Incisos del Presupuesto Nacional en base a indicadores de
desempeño, y elaborar los estados demostrativos correspondientes, para
su incorporación en los proyectos de ley de Rendición de Cuentas.

 * Proponer las prioridades, definir los cupos a nivel sectorial y
asesorar en la formulación de los programas de inversiones públicas y de
su financiamiento, ajustándose a los límites de endeudamiento externo
establecidos en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y
el Banco Central.

 * Realizar el seguimiento del proceso de la inversión pública.

 * Orientar y coordinar la implantación del programa de reforma y
modernización del Estado, así como verificar el grado de cumplimiento de
las metas fijadas al respecto.

 * Realizar la revisión de los precios y tarifas que perciben las 
unidades ejecutoras de la Administración Central por concepto de autorizaciones, prestación de servicios u otras funciones de naturaleza similar.

 * Realizar la revisión de los instrumentos y mecanismos de regulación a
efectos de identificar las restricciones legales y administrativas que
limiten la competencia entre particulares en la oferta de bienes y
servicios.

 * Analizar los proyectos de Presupuesto de los Organismos incluidos en
el artículo 221 de la Constitución de la República y proponer al Poder
Ejecutivo las modificaciones correspondientes, así como evaluar las
ejecuciones presupuestales de dichos organismos.

 * Asesorar al Poder Ejecutivo en la política de fijación de precios y
tarifas de la Administración Central, Entes Autónomos, Servicios
Descentralizados y de los Servicios Públicos en general.

 * Asesorar al Poder Ejecutivo en materia presupuestal y sobre la
asistencia técnica y financiera a los Gobiernos Departamentales.

 * Asesorar al Poder Ejecutivo en la planificación, coordinación,
seguimiento y evaluación de actividades relacionadas con la realización
de estudios de preinversión del sector público y del sector privado
cuando su ejecución requiera ser financiada con recursos públicos o con
créditos externos avalados por el Estado.

 * Asesorar al Poder Ejecutivo en la definición de la Política de
cooperación internacional, bilateral y multilateral, técnica y económica
que se gestione y programe con los Gobiernos e Instituciones Extranjeras
y Organismos Internacionales a efectos de determinar las prioridades y
objetivos nacionales en esa materia.

 * Coordinar internamente las actividades, proyectos y programas de
cooperación internacional, y actuar en la negociación y concreción de
Convenios.

 * Asesorar al Poder Ejecutivo en la determinación e instrumentación de
las políticas de integración regional así como en las sectoriales.

2. Cometidos de apoyo con actividad prestacional fuera del ámbito de la
Administración Central:

 * Distribuir documentos

3. Cometidos de apoyo a los sustantivos que permanecen en la Unidad
Ejecutora:

 * Desarrollar y operar sistemas computacionales de procesamiento.
 * Gerenciar los recursos materiales y humanos.

 Se mantiene el desempeño de actividades de apoyo directamente vinculadas
a los cometidos sustantivos porque la especificidad de las actividades
que se desarrollan haría ineficiente su traslado, en esta primera etapa,
a la respectiva unidad central de la Presidencia de la República.

CAPITULO III: Estructura Organizativa

1. Organización

 La Oficina de Planeamiento y Presupuesto depende directamente de la
Presidencia de la República y está dirigida por un Director que debe
reunir las mismas condiciones que un Ministro de Estado, siendo designado
por el Presidente de la República. El mencionado Director preside la
Comisión de Planeamiento y Presupuesto prevista en el artículo 230 de la
Constitución de la República. La estructura de OPP se refleja en el
diagrama de "Organización para el Cumplimiento de Cometidos" adjunto.

 Por el alcance y la dimensión de sus cometidos de asesoramiento
decisional para la definición e implantación de políticas, planes y
programas de desarrollo del país, esta unidad se organiza en una
estructura que requiere menor cantidad de puestos de trabajo pero con
perfiles altamente especializados. Esto fundamenta que algunas unidades
organizativas proyectadas no se integren con el mínimo de puestos de
trabajo exigido por el artículo 5o. del Decreto No. 186/996 de 16 de
mayo de 1996.

2. Descripción de las funciones asignadas a la Dirección y a las unidades
directamente dependientes

Dirección:

 * Dirigir, coordinar y supervisar la actuación de las distintas unidades
organizativas, que funcionan en la órbita de competencia de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
 * Asesorar a la Presidencia de la República en las áreas temáticas y
materias que le han sido asignadas como cometidos específicos de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto por la normativa vigente.
 * Presidir e integrar las Comisiones que establece la Constitución de la
República y las reglamentaciones vigentes.

Asesoría Letrada:

 * Brindar asistencia letrada a la Dirección de la Oficina y responder a
los requerimientos que en esa materia le sean formulados por los
responsables de las unidades organizativas de la repartición.
 * Preparar los proyectos de ley y reglamentaciones que le sean
encomendados por la Dirección.
 * Analizar los pliegos de las licitaciones y contratos que realice la
Unidad Ejecutora.
 * Asumir la representación jurídica de la Oficina ante el Poder Judicial
y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Asesoría Técnica:

 * Asesorar en materia de política económica.
 * Asesorar en lo relativo a las necesidades de apoyo informático,
programas en ejecución, utilización del software correspondiente y en el
desarrollos de los sistemas que sean requeridos por los servicios de la
Unidad Ejecutora.

Departamento de Administración:

 * Planificar, coordinar y controlar la gestión administrativa
imprescindible de la unidad ejecutora. Definir los términos contractuales
de las actividades realizadas por terceros y el control del cumplimiento
de los mismos.

División Presupuesto y Gestión del Sector Público:

 * Asesorar al Poder Ejecutivo en la determinación de pautas en materia
presupuestal, analizando los respectivos proyectos una vez formulados, y
evaluar el cumplimiento de las metas y objetivos y proponer normas
técnicas de control de gestión.
 * Asesorar al Poder Ejecutivo en materia de políticas de
descentralización y presupuesto de los Gobiernos Departamentales.
 * Efectuar revisiones y análisis en materia de tarifas, precios y tasas
de los servicios públicos.
 * Ejecutar las acciones conducentes al proceso de modernización del
Estado.

División Política de Inversiones y Cooperación Internacional:

 * Realizar el análisis de la inversión global y definir las políticas en
la materia.
 * Elaborar los programas de inversiones públicas y realizar su
seguimiento.
 * Coordinar la gestión del financiamiento externo requerido por las
inversiones públicas.
 * Administrar los recursos de preinversión.
 * Fijar prioridades, programar, y coordinar internamente acciones de
cooperación internacional.
 * Actuar en la concertación de convenios.

División Política Económica y Social:

 * Evaluar la situación económica y social del país, así como la gestión
económica y financiara del sector público y privado.
 * Asesorar en materia de integración, políticas sectoriales, 
regulaciones y restricciones legales y administrativas a la competencia entre particulares.

3. Actividades con ejecución total o parcial a cargo de terceros

 * Distribuir documentos

 Esta actividad será realizada en forma total por terceros; la definición
de términos contractuales y el control de su cumplimiento está a cargo
del departamento de Administración:

4. Servicios de apoyo a los sustantivos

 Se prevé el traslado gradual de los servicios contables, de tesorería,
adquisiciones, administración de personal y documental a la unidad
central de la Presidencia de la República. En una primera etapa se prevé
el traslado de los servicios de apoyo mencionados desde las restantes
unidades ejecutoras del inciso a la Oficina de Planeamiento y 
Presupuesto.
En una segunda etapa el total de los servicios de apoyo serán realizados
por la unidad centralizadora de la Presidencia.

CAPITULO IV: Estructura de puestos de trabajo

1. Naturaleza del vínculo funcional de las direcciones de las unidades
organizativas que se indican a continuación:

 - Asesoría Letrada: Contrato de función pública
 - División Presupuesto y Gestión del Sector Público: Función de Alta
Especialización
 - División Política de Inversiones y Cooperación Internacional: Función
de Alta Especialización
 - División Política Económica y Social: Función de Alta Especialización

 Se prevé la creación de una función de Alta Especialización en la
Asesoría Técnica.

 Las funciones de Alta Especialización exigen un perfil con especialización probada, a través de resultados positivos y concretos
alcanzados en el área específica y experiencia de desempeño en puestos de
trabajo similares.

2. Cantidad de puestos de trabajo:

 La reformulación de la estructura organizativa se efectuó a partir de
una estructura de 188 puestos de trabajo.
 Los puestos de trabajo ya identificados como excedentarios responden a
las causales dispuestas por la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, según
nómina adjunta, totalizando 30.
 Los cargos y funciones contratadas que son declarados excedentarios de
acuerdo al Art. 719 y siguientes de la Ley Nº 16.736 responden a 
cometidos que no concuerdan con los de la Unidad Ejecutora y/o con los perfiles necesarios a la definición de la nueva estructura de puestos de trabajo.

CAPITULO V: Plan de Implantación

1. Contrataciones con terceros de los servicios cuya ejecución se deriva
al sector privado

 * Distribución de documentos

 Primera etapa: Llamado a licitación a los 30 días de cumplido el plazo
establecido por el Art. 730 de la Ley Nº 16.736.

 Segunda etapa: Adjudicación de la licitación hasta 30 días después de
finalizada la primera etapa.

 Tercera etapa: Puesta en funcionamiento del servicio tercerizado, 15
días a partir de la adjudicación.

 Las economías resultantes de las declaraciones de excedencia se 
aplicarán al mejoramiento del sistema de retribución al personal de mayor
responsabilidad y especialización, así como a las funciones de Alta
Especialización y Gerencia; a la equiparación salarial tendiente a
corregir las iniquidades de remuneraciones existentes; a fortalecer la
capacidad del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con sus cometidos
sustantivos originados en contrataciones con terceros y redistribuciones
de cometidos y personal; y al pago de premios por desempeño excelente y
muy bueno. Del total de economías anuales se destinará como mínimo un 5%
al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno.

2. Definición de la nueva estructura de puestos de trabajo.

 Primera etapa: hasta el 30 de junio de 1997 - Análisis de funcionamiento
de la nueva organización y de ajustes que requiera.

 Segunda etapa: hasta el 30 de noviembre de 1997 - Definición de la nueva
estructura de puestos de trabajo especificando la naturaleza del vínculo
funcional, escalafón, grado, denominación, serie y retribución.

 A medida que se vayan concretando los procesos de reformulación
organizativa en los plazos señalados, se adecuarán los puestos de trabajo
para cumplir con los cometidos de la Oficina de Planeamiento y 
Presupuesto declarando excedentarios a los restantes.

3. Designación de los titulares de los puestos de trabajo

 Primera etapa: hasta el 30 de setiembre de 1997 - Definición de perfiles
requeridos por las funciones de Alta Especialización, aprobación de la
convocatoria y de las bases del concurso para su provisión, publicaciones
y designación del Tribunal de Evaluación.

 Segunda etapa: hasta el 30 de noviembre de 1997 - Concurso y selección
de titulares de funciones de Alta Especialización.

 Tercera etapa: hasta 90 (noventa) días a partir de la aprobación de la
nueva estructura de puestos de trabajo. Desarrollo de procesos requeridos
para la propuesta de designación de sus titulares. 

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo"

INCISO 02: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
UNIDAD EJECUTORA 004: OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO

NOMINA DE PUESTOS DE TRABAJO CORRESPONDIENTES A DECLARACIONES DE EXCEDENCIA Y A RETIROS INCENTIVADOS (Ley Nº 16.736)

Art. 724

CANTIDAD   ESCALAFON   GRADO    DENOMINACION           SERIE
    1         C         07      ADMINISTRATIVO III   ADMINISTRATIVO
    1         F         07      SUB INTENDENTE       SERVICIOS
    1         F         04      CONSERJE III         SERVICIOS

Art. 723

CANTIDAD  ESCALAFON  GRADO   DENOMINACION               SERIE
    1         C        13    JEFE DE SECRETARIA       ADMINISTRATIVO
    1         C        13    JEFE DE DEPARTAMENTO     ADMINISTRATIVO
    1         C        12    JEFE DE DEPARTAMENTO II  ADMINISTRATIVO
    4         C        11    JEFE DE DEPARTAMENTO II  ADMINISTRATIVO
    2         C        09    ADMINISTRATIVO I         ADMINISTRATIVO
    1         C        08    ADMINISTRATIVO II        ADMINISTRATIVO
    1         C        06    ADMINISTRATIVO IV        ADMINISTRATIVO
    1         D        12    ESPECIALISTA I           ESPECIALISTA
    1         D        06    ESPECIALISTA VIII        ESPECIALISTA
    2         F        06    ENCARGADO I              SERVICIOS
    1         F        05    CONSERJE I               SERVICIOS
    1         F        04    CONSERJE II              SERVICIOS

Art. 32

CANTIDAD  ESCALAFON  GRADO     DENOMINACION            SERIE
    1         F        07      SUB INTENDENTE         SERVICIOS

Art. 727

CANTIDAD  ESCALAFON  GRADO   DENOMINACION            SERIE
    2         A        13    JEFE DE SECTOR          PROFESIONAL
    1         B        15    DIRECTOR DE DIVISION    TECNICO
    1         C        13    JEFE DE SECRETARIA      ADMINISTRATIVO
    1         C        12    JEFE DE DEPARTAMENTO I  ADMINISTRATIVO
    1         C        11    JEFE DE DEPARTAMENTO II ADMINISTRATIVO
    1         C        06    ADMINISTRATIVO IV       ADMINISTRATIVO
    1         C        03    ADMINISTRATIVO V        ADMINISTRATIVO
    1         F        06    ENCARGADO I             SERVICIOS
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