Fecha de Publicación: 04/04/1997
Página: 23-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Decreto 90/997

Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa de 
la Unidad Ejecutora 004 "Dirección Nacional de Hidrografía" del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas".
(658*R)

 Ministerio de Transporte y Obras Públicas
  Ministerio de Economía y Finanzas
  
                                          Montevideo, 18 de marzo de 1997

  Visto: lo dispuesto en los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº
16.736 de 5 de enero de 1996 y en su Decreto reglamentario Nº 186/996 de 16 de mayo de 1996;

  Resultando: I) que los mismos refieren a la reformulación de las estructuras organizativas de los incisos 02 al 14 del Presupuesto Nacional, siendo aplicables a los demás Incisos comprendidos en el mismo;

  II) que el Decreto Nº 186/996 fija las normas técnicas y de
procedimiento a que debe ajustarse la mencionada reformulación de
estructuras organizativas;

  III) que de conformidad con dicho procedimiento, el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" ha presentado para su
consideración por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, el
proyecto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad
Ejecutora 004 "Dirección Nacional de Hidrografía";

  Considerando: I) que el proceso de reformulación de las estructuras
organizativas de los Incisos orientado en el sentido de la definición de los cometidos sustantivos de la Administración, tiene por objeto el logro de una mayor eficacia del Estado en su acción normativa, reguladora y de control y de una mayor eficiencia en la prestación de los servicios;

  II) que a los efectos señalados, en la tarea de reformulación se parte
de una redefinición de los objetivos estratégicos, procurando adaptar la modalidad tradicional de la Administración hacia una más gerencial centrada en los resultados de la gestión pública, cuyo fin último es la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos;

  III) que de acuerdo con lo expuesto se busca concretar en cada proyecto de reformulación de estructuras organizativas, con base en una dirección estratégica, una clara definición de los cometidos sustantivos asumidos por la Administración; una descripción de la organización necesaria para cumplir con dicha definición estratégica y la previsión de los puestos de trabajo requeridos para su funcionamiento con un enfoque gerencial, todo ello enmarcado en un plan de implantación;

  IV) que la modalidad gerencial a que se tiende privilegia la capacitación y el desempeño eficiente, como centro de la política de
recursos humanos y la recuperación de las capacidades gerenciales del
sector público a través del alta especialización;

  V) que el proyecto presentado por el Inciso 10 "Ministerio de 
Transporte y Obras Públicas" para la Unidad Ejecutora 004 "Dirección
Nacional de Hidrografía" ha sido analizado por el Comité Ejecutivo para 
la Reforma del Estado el que ha entendido que cumple con los objetivos de racionalización perseguidos, en tanto las adecuaciones o transformaciones que incluye resultan consistentes con los cometidos sustantivos asignados a la referida Unidad Ejecutora y, en cuanto recoge los criterios determinados en la Ley y su reglamentación; 

  VI) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a la 
aprobación del proyecto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora de que se tata;

 Atento: a lo precedentemente expuesto;

 El Presidente de la República

                            DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 004 "Dirección Nacional de Hidrografía" del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" 
que consta de 9 fs, el que se considera parte integrante de este Decreto cuya efectiva implantación estará condicionada al cumplimiento de lo establecido en el artículo 713 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.


		
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