Fecha de Publicación: 14/01/2022
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   Las remuneraciones máximas establecidas por el Poder Ejecutivo para los contratos temporales de derecho público a valores de enero de 2021 se ajustarán en un 7,0696% (siete con seiscientos noventa y seis diezmilésimos por ciento).
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