El Ministerio de Salud Pública y la Universidad de la República
dispondrán los actos jurídicos y operaciones materiales que fueran
necesarios, dentro del ámbito de sus competencias, para el efectivo
cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, coordinando con la
Contaduría General de la Nación todos los aspectos vinculados con las
modificaciones presupuestarias correspondientes.